¿Posible falta de objetividad e incorrección en su trabajo por parte de la Cámara de Comptos?, o ¿Presunta actuación penalmente punible por la Mancomunidad de Valdizarbe?

Recientemente la Cámara de Comptos ha emitido su Informe sobre el Ejercicio Económico del 2012 de la Mancomunidad de Valdizarbe, destacándose de su presentación los siguientes extremos:

+ Analizada la cuenta general, el informe señala que expresa la imagen fiel de gastos e ingresos, situación patrimonial y resultado de sus operaciones. No obstante, apunta algunas salvedades relacionadas con la falta de inventario de bienes, errores de cálculo en el remanente de tesorería e incorrectas contabilizaciones.

+ En cuanto a la legalidad, la actividad económico-financiera de la Mancomunidad se desarrollo de acuerdo a la normativa vigente.

No me deja de asombrar lo curioso que supone que tal Informe se haya realizado “a solicitud” de la Junta y respecto al ejercicio del 2.012, cuando, creo recordar, que nunca se había acordado tal ejercicio, si no los del 2.010 y anteriores, pero ello, supongo, se deberá a “pequeños” despistes de los gestores de la Mancomunidad y “olvidos” de los miembros de la Junta.

Sin embargo, existe un aspecto analizado que a uno le hace dudar de la objetividad y corrección del Informe emitido, a no ser que el mismo se haya realizado exclusivamente sobre la documentación que se les ha aportado desde la Mancomunidad, lo cual sería aún más grave por cuanto, en este caso, estaríamos hablando de un delito de “falsedad de documento público” contemplado en nuestro Código Penal.

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