LA BUENA GESTIÓN DE PERSONAL EN LA MANCOMUNIDAD, O CUANDO EN ELLA HAY QUE INCLUIR EL «FRAUDE DE LEY»

Ahora que los representantes de los Ayuntamiento, provenientes de los diferentes Grupos Municipales (unos de derechas, otros de izquierdas, otros ni se sabe, otros de su propio …, etc) no quiero dejar de comentar el mayor “fraude de ley” que, en materia de personal, se ha cometido en la Mancomunidad de Valdizarbe con el beneplácito unánime de todos los Representantes Municipales, sean del signo que sean, auxiliados, eso sí, por la Sra. Presidenta, y sus asesores varios, gerentes, y demás cohorte.

Y me refiero al puesto de trabajo de “Secretaría”, comenzando la novela cuando Dª Consuelo abandonó el puesto que tenía en aras a dedicarse a tareas más gratificantes (¿?) como son la Politica, convocase entonces oposición para cubrir su plaza (fija y “a tiempo completo”), cuyo resultado parece que no debió gustar mucho a los miembros de la “cuadrilla” de entonces, quienes hasta se inventaron un periodo de prueba para el nombrado que no figuraba en el Condicionado, con lo que se garantizaron que nadie iba a abandonar un puesto de trabajo para que le dijeran, al cabo de un mes, que no le contrataban en la Mancomunidad.

El hecho es que decidieron volver a contratar a un Secretario (luego vino lo del Interventor que es otra historia increíble) a tiempo parcial, seleccionado a uno de los que prestaban su servicio en algún Ayuntamiento mancomunado (con lo que se garantizaba su apoyo), lo que, como era más que lógico, supuso que algunos de los que habían participado en el proceso de selección  planteasen los correspondientes recursos ante el Tribunal Administrativo, quien acabo por resolver (13 de diciembre de 2012) la obligación que tenía la Mancomunidad, dado su nivel de ingresos, de nombrar un Secretario “fijo y a tiempo completo”.

No contenta la camarilla con tal resolución, mira por donde que va y recurren a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, aunque el bueno de Ezequiel (abogado nombrado para estos menesteres) logra convencerles de que desistan de tal Recurso pues las posibilidades de ganar el pleito son, prácticamente, nulas; desistimiento que efectúan diciendo que se van a “portar bien” y que efectuaran el nombramiento de un “Secretario-Interventor” tal como ha dicho el Tribunal Administrativo.

Pero lo dicho se queda finalmente en meras palabras, pues a pesar del tiempo transcurrido la plaza sigue sin cubrirse, eso si y en el colmo de la desfachatez, ¡sigue publicándose la plaza en la Plantilla Orgánica para el 2015!, aunque no se diga que está vacante, ni para cuando  se prevé que se incluya en la Oferta Pública de Empleo, y lo grave es que aquí, como en todo lo de esa Mancomunidad, no hay queja alguna por parte de ningún Representante Municipal sea de la tendencia que sea, ¡Aquí todo por unanimidad, hasta para cobrar las dietas!.

¡Para que luego hablemos de buena gestión en la Mancomunidad!, cuando así se trata el único puesto de trabajo de la Mancomunidad (¡que los otros lo son de la Sociedad!, es decir de esos engendros mercantiles que, para muchos de los intervinientes, deben desaparecer de los Entes Locales)

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