{"id":2416,"date":"2015-11-11T20:24:31","date_gmt":"2015-11-11T18:24:31","guid":{"rendered":"http:\/\/elforodegares.com\/?p=2416"},"modified":"2015-11-11T20:24:31","modified_gmt":"2015-11-11T18:24:31","slug":"proximo-dia-10-de-diciembre-el-dia-en-que-la-trasparencia-de-la-informacion-municipal-sera-una-realidad-y-no-una-promesa-incumplida","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elforodegares.com\/?p=2416","title":{"rendered":"PROXIMO DIA 10 DE DICIEMBRE, EL DIA EN QUE LA TRASPARENCIA DE LA INFORMACI\u00d3N MUNICIPAL SERA UNA REALIDAD Y NO UNA PROMESA INCUMPLIDA"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">D\u00eda fant\u00e1stico para quienes, como yo, nos ha gustado y gusta que la transparencia en la gesti\u00f3n municipal sea algo m\u00e1s que la eterna promesa incumplida por nuestros pol\u00edticos locales.\u00a0Y para que tal d\u00eda llegue<strong> \u00a1ya s\u00f3lo queda un mes!<\/strong>, pues sera el pr\u00f3ximo 10 de Diciembre cuando entre en pleno vigor y aplicaci\u00f3n la \u201c<strong><em>Ley 19\/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica y Buen Gobierno<\/em><\/strong>\u201d, y ello despu\u00e9s de los dos a\u00f1os que preve\u00eda para que las Entidades Locales pudieran acomodar sus medios para la correcta prestaci\u00f3n de sus obligaciones de publicidad, y cuyo contenido tiene, pr\u00e1cticamente en su totalidad, car\u00e1cter de normativa b\u00e1sica y de aplicaci\u00f3n por tanto a las entidades locales de Navarra, y entre ellas al Ayuntamiento de Puente la Reina, a su Sociedad de Servicios (NO DISUELTA) y a la Mancomunidad de Valdizarbe.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Atr\u00e1s quedaran las vac\u00edas y reiteradamente incumplidas promesas electorales de transparencia, atr\u00e1s el total silencio impune a las solicitudes de informaci\u00f3n municipal, atr\u00e1s quedara el absurdo e in\u00fatil uso de la Web de la Entidad, con informaciones y datos obsoletos de hace ya 8, 10 e, incluso, 15 a\u00f1os, o con avisos de fiestas, fiesticas, y juergas y juegos varios etc. que no digo yo que este mal, pero que la transparencia comprende algo m\u00e1s serio, como parece que, en su d\u00eda, se lo llegaron a plantear los mun\u00edcipes de Puente (\u00a1en la Mancomunidad ni eso!) aprobando una Ordenanza Municipal de Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica, y quiero pensar que ese fue su intento, y no el que ni se enteraron de lo que aprobaban, pues de todo puede ser, dado que las determinaciones de tal Ordenanza respecto a la publicidad de informaci\u00f3n y uso de la Web, no se ha cumplido absolutamente nada, tal como el otro d\u00eda se\u00f1al\u00e1bamos en este Foro.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con la entrada en vigor de esta Ley vamos a dejar atr\u00e1s ya no s\u00f3lo lo ya se\u00f1alado, si no que el acceso a esa informaci\u00f3n va a configurarse como un derecho de los ciudadanos, amparado en un sistema de infracciones por su vulneraci\u00f3n, que, a buen seguro, va a suponer que tanto los pol\u00edticos como los funcionarios, con especial significaci\u00f3n de Secretar\u00eda e Intervenci\u00f3n, dejen de ser meros convidados de piedra, pudiendo sus actuaciones obstaculizadoras o negatorias del ejercicio de mencionado derecho, as\u00ed como el incorrecto ejercicio de su funciones, ser objeto de sanciones m\u00e1s que importantes; y a cuyos responables quiero decir que sera una informaci\u00f3n que les sera requerida y cuya inexistencia o denegaci\u00f3n sera denunciada.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">No hay mejor forma para ver la transcendencia de esta Ley 19\/2013 que resaltar los siguientes p\u00e1rrafos de su Exposici\u00f3n de Motivos:<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>La presente Ley tiene un triple alcance: incrementa y refuerza la transparencia en la actividad p\u00fablica \u2013que se articula a trav\u00e9s de obligaciones de publicidad activa para todas las Administraciones y entidades p\u00fablicas\u2013, reconoce y garantiza el acceso a la informaci\u00f3n \u2013 regulado como un derecho de amplio \u00e1mbito subjetivo y objetivo\u2013 y establece las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables p\u00fablicos as\u00ed como las consecuencias jur\u00eddicas derivadas de su incumplimiento \u2013lo que se convierte en una exigencia de responsabilidad para todos los que desarrollan actividades de relevancia p\u00fablica\u2013.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>El t\u00edtulo I de la Ley regula e incrementa la transparencia de la actividad de todos los sujetos que prestan servicios p\u00fablicos o ejercen potestades administrativas mediante un conjunto de previsiones que se recogen en dos cap\u00edtulos diferenciados y desde una doble perspectiva: la publicidad activa y el derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>El \u00e1mbito subjetivo de aplicaci\u00f3n de este t\u00edtulo, recogido en su cap\u00edtulo I, es muy amplio e incluye a todas las Administraciones P\u00fablicas, organismos aut\u00f3nomos, \u2026\u2026. Tambi\u00e9n se aplica a las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participaci\u00f3n directa o indirecta de las entidades mencionadas sea superior al cincuenta por ciento, \u2026..<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>El cap\u00edtulo II, dedicado a la publicidad activa, establece una serie de obligaciones para los sujetos incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del t\u00edtulo I, que habr\u00e1n de difundir determinada informaci\u00f3n sin esperar una solicitud concreta de los administrados. En este punto se incluyen datos sobre informaci\u00f3n institucional, organizativa y de planificaci\u00f3n, de relevancia jur\u00eddica y de naturaleza econ\u00f3mica, presupuestaria y estad\u00edstica. <\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>\u2026<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>El cap\u00edtulo III configura de forma amplia el derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, del que son titulares todas las personas y que podr\u00e1 ejercerse sin necesidad de motivar la solicitud.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Este sistema busca que los ciudadanos cuenten con servidores p\u00fablicos que ajusten sus actuaciones a los principios de eficacia, austeridad, imparcialidad y, sobre todo, de responsabilidad. Para cumplir este objetivo, la Ley consagra un r\u00e9gimen sancionador estructurado en tres \u00e1mbitos: infracciones en materia de conflicto de intereses, en materia de gesti\u00f3n econ\u00f3mico-presupuestaria y en el \u00e1mbito disciplinario. Adem\u00e1s, se incorporan infracciones derivadas del incumplimiento de la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. En el \u00e1mbito econ\u00f3mico-presupuestario resulta destacable que se impondr\u00e1n sanciones a quienes comprometan gastos, liquiden obligaciones y ordenen pagos sin cr\u00e9dito suficiente para realizarlos o con infracci\u00f3n de lo dispuesto en la normativa presupuestaria, o no justifiquen la inversi\u00f3n de los fondos a los que se refieren la normativa presupuestaria equivalente. De esta manera se introduce un mecanismo de control fundamental que evitar\u00e1 comportamientos irresponsables y que resultan inaceptables en un Estado de Derecho.<\/em><\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si has conseguido leer hasta aqu\u00ed y tienes inter\u00e9s en ver los documentos que obligatoriamente deben incluirse\u00a0en la Web del Ayuntamiento, de su Sociedad Municipal no disuelta (\u00a1por mucho que mientan diciendo que si! y Comptos crey\u00e9ndoselo) y de la Mancomunidad de Valdizarbe puedes <strong><a href=\"http:\/\/elforodegares.com\/wp-content\/uploads\/2015\/11\/Ley-de-transparencia-2013-ARTICULOS.pdf\">PULSAR AQUI<\/a><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>D\u00eda fant\u00e1stico para quienes, como yo, nos ha gustado y gusta que la transparencia en la gesti\u00f3n municipal sea algo m\u00e1s que la eterna promesa incumplida por nuestros pol\u00edticos locales.\u00a0Y para que tal d\u00eda llegue \u00a1ya s\u00f3lo queda un mes!, &hellip; <a href=\"https:\/\/elforodegares.com\/?p=2416\">Sigue leyendo <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[60,64,28,38,66],"tags":[],"class_list":["post-2416","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-funcionamiento-municipal","category-informacion-municipal-y-general","category-mancomunidad-de-valdizarbe","category-promesas-electorales","category-web-municipal"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elforodegares.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2416","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elforodegares.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elforodegares.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elforodegares.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elforodegares.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2416"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elforodegares.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2416\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2418,"href":"https:\/\/elforodegares.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2416\/revisions\/2418"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elforodegares.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2416"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elforodegares.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2416"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elforodegares.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2416"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}