Felix, parece que algo se mueve y alguien, al final, te hace caso con la dichosa Uralita

Bueno Felix, parece que algo se va haciendo de lo que nos encomendaste de tus grandes preocupaciones, y entre ellas la del grave riesgo de la Uralita en el Colegio Comarcal, ¡lastima que haya hecho falta tu «marcha» para que ese dichoso Ayuntamiento se tomara en serio el problemón de la Uralita.

Pues parece que algún Servicio del Gobierno de Navarra se ha dignado visitar el Colegio y se supone que efectuara algún Informe sobre el particular (o de alguna zona concreta) y que esperamos con la expectación de que pueda servir de la adopción de alguna medida, al mismo tiempo que nos ayude a comprender el haber priorizado la cubierta del frontón municipal, en lugar de hacerlo en el Colegio Comarcal y todo ello en protección de nuestros chavales.

Estate tranquilo que seguiremos con lo de la C/ Mayor 71 (mentiras de desconocimiento de titular, de contar el contratista con las debidas autorizaciones para actuar con la uralita, del hecho incuestionable de que la Uralita retirada sigue donde la depositó quien la retiro materialmente, de la negativa del transportista y del depositario final de haberlo hecho con uralita, etc.), así como de las otras obras sin licencia, incluso con el propio almacén de “La Grana” (aunque en este caso el delegado de protección laboral (¿sigue el Sr. Tainta?) se supone que algo ya habrá indicado dado el tiempo transcurrido), …..

Y por cierto y por si alguien tiene alguna duda sobre la retirada de la uralita y que ande diciendo que cualquier autónomo puede quitarla, ¡pues no! quien tenga alguna actuación con ese material debe estar inscrito en el correspondiente Registro (RERA) y cumplir con unas exigencias concretas del R.D. 396/2006 y el R.D. Leg. 5/2000, asi como tener en cuenta la disposición adicional decimocuarta de la Ley 7/2022, de 8 de abril, relativa a los Censos preceptivos.

Me pregunto que quien anda por ahí dando información errónea se ha dignado leer el documento elaborado por los Ministerios de Transición Ecológica, Sanidad y Trabajo de  “Directrices para la retirada del Amianto instalado”, por que, al menos, en el Ayuntamiento si que la deben tener pues es a ellos a quien va dirigida:

El presente documento constituye una guía metodológica ……. dirigida a los ayuntamientos para apoyarles en la elaboración de los censos municipales de amianto …..”..   

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