PASADOS LOS CIEN DIAS DE CORTESIA, LA GESTION MUNICIPAL SIGUE TAN OSCURANTISTA COMO SIEMPRE, ¡AQUI NI CAMBIO, NI PROMESAS ELECTORALES!

Enero del 2012 se estrenaba con la presentación de queja ante el Defensor del Pueblo por evidente incumplimiento por el propio Ayuntamiento de la Ordenanza Municipal aprobada reguladora de la “Administración Electrónica”.

Entre otros puntos se planteaba tal incumplimiento en lo regulado en su artículo 13, cuando señala  a mero título enunciativo, y no exhaustivo, la información que deberá hacerse pública en la página Web antes señalada:

A modo de ejemplo, la Administración Municipal hará pública la siguiente información:

  • Un catálogo general de servicios municipales.
  • Los acuerdos de los órganos de gobierno, sin perjuicio de la ocultación de los datos de carácter personal que aquéllos pudieran contener.
  • Las Ordenanzas y demás normativa municipal, incluidas las Ordenanzas Fiscales.
  • El presupuesto municipal y las cuentas generales aprobadas.
  • Las figuras de planeamiento urbanístico.
  • Los anuncios de información pública.
  • Los procedimientos de contratación administrativa, a través del perfil de contratante establecido en el artículo 42 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
  • Los procedimientos de concesión de subvenciones.
  • Los procedimientos de selección de personal.
  • Los impresos y formularios de los trámites y procedimientos municipales.
  • El callejero municipal.

Y dejando de lado el hecho de que no publicándose en la Web los anuncios de Exposición Pública a que viene obligado el Ayuntamiento en una tramitación, puede hacer nula la tramitación (art. 12 de la Ordenanza)

De una visita a la Pagina Web Municipal de Puente la Reina se deduce el total incumplimiento de la Ordenanza, no figurando ni uno sólo de los extremos reseñados, ni tan siquiera una publicación coherente y completa de las Actas de Pleno, con retrasos de más de seis meses, cuando de falta de las mismas (¿Dónde están las de las últimas de las legislaturas, en las que sólo se aprueba el Acta anterior y en las que, según parece, es costumbre incluir todos los acuerdos que queramos?, ¿Dónde están los asesores municipales para advertirles la irregularidad que ello supone?).

Aquella queja presentada ante el Defensor del Pueblo finalizaba con la consiguiente contestación dada por el Ayuntamiento de que la implantación total estaba condicionada a disponibilidades económicas y de disponibilidad de personal, a lo que les contesté con una relación detallada de todas las disposiciones económicas que se habían ejecutado para tal implantación, así como las contrataciones de personal efectuadas “..hasta la total puesta en funcionamiento de la Web Municipal …”, objeto que debió alcanzarse a juzgar por las reiteradas manifestaciones en tal sentido realizada por anterior Alcalde en diversos Plenos; sin embargo, la información y/o publicaciones que se comprometieron a efectuar en la Web brilla por su ausencia tres años más tarde de todo ello, lo que para mí no tiene otro calificativo si no el de una evidente “tomadura de pelo”.

Hoy día 30 de septiembre de 2015, y transcurridos los ya 100 días de gracia de la nueva Alcaldía y Corporación, en la que confiaba más en cuanto a la transparencia, veo que la situación de oscurantismo sigue reinando en la gestión municipal, sin que las promesas electorales y/o los rasgos de cambio se puedan ver por lado alguno. Y pensar que en la sesión constitutiva se llego a decir: «….. Hoy es un día importante en Gares, pero también en toda Nafarroa. Hoy es el día del cambio de personas, del cambio de Ayuntamientos, pero sobre todo es el día del cambio en la forma de hacer política. Un apolítica más inclusiva, más solidaria, más cercana y más participativa.», Sr. Alcalde ¿se creyó alguna de estas palabras? ¡sea sincero y dígame donde esta el cambio y la participación!.

Tal como se lo indicaba ayer a la Mancomunidad “…, vamos a dejarlo por hoy y ya hablaremos próximamente de la incidencia que va a tener en esto de la publicidad en la gestión de las Entidades la aplicación de la Ley 19/2013 de “Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno” a cuyos efectos no va a poder sustraerse ….” el Ayuntamiento.

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