LA APROBACIÓN DE LA EMOT Y LA EXPOSICIÓN AL PUBLICO ¿QUE ES ANTES EL HUEVO O LA GALLINA? O ¿A QUIEN QUIEREN ENGAÑAR ESTA VEZ?

El ExSecretario del Ayuntamiento nos remite la siguiente ENTRADA para su publicación:

Cuando se aprobó la primera EMOT, !y de eso ya hace años  y aprovechando un Pleno al que no asistí!, tuvo el Ayuntamiento que revocar su acuerdo dado que la Ley impedía someter el documento aprobado a Información Pública, si no que su obligación era remitirlo directamente al Gobierno de Navarra para continuar su tramitación.

 Actualmente, 6 ó 7 años después de aquella aprobación revocada y en base a la normativa modificada y vigente, el Ayuntamiento vuelve a hacer la misma «chapuza» (o mejor será decir «engaño al vecino»); es decir,  someter un documento ya aprobado a una exposición pública inoperante,  por que lo que no se dice es que cualquier sugerencia, aporte, alegación, .. que pueda hacer un vecino su destino inevitable será  !el cesto de los papeles¡, y eso sencillamente porque el Ayuntamiento en una muy libre interpretación del artículo 70 de la Ley Foral 35/2002 (en la redacción dada por la Ley Foral 6/2009) primero aprueba la EMOT y luego la somete a exposición pública.

Y yo me pregunto ¿Por qué no hacen las cosas como deben hacerlas y dejan de inventarse tramitaciones ilegales? tramitación correcta que yo creo que es la señalada en el artículo indicado (¡por favor vuelvan a leerlo!), primero se  expone al público el documento (incluso a través de la Web como alguien ha propuesto para obtener la máxima difusión), para, con posterioridad e introduciendo las modificaciones que procedan en base a las aportaciones de los particulares, aprobar el documento, ESO ES LO QUE ESTABLECE LA LEY y no otra cosa o al revés; y no creo que sea tan difícil de entender, a no ser que lo que se pretenda es, saltarse la Ley, y engañar al pueblo, diciéndoles «mira que transparente soy que te dejo ver lo que apruebo, aunque no opines por que total no sirve para nada», por que si es así creo que es mucho mejor callárselo y no tratar al vecino como de tonto.

Como final, creo que sería oportuno integrar al Secretario en la Comisión de Urbanismo (máxime cuando es su informe el único que, según la Ley debe constar en el expediente para la validez de Licencias y/o tramitaciones), de la que se me excluyó por la Corporación por que como dijo un Concejal de entonces (y luego Alcalde) «si el INAP no lo había puesto en su estudio sería por algo», es posible que, tal afirmación, lo fuese por que, tal como me dijo otro Concejal, «a ti se te paga por trabajar, y no por opinar o informar» (¡tiene guasa la frasecita!).

De todas formas y por no hacer esto más largo, es posible que mañana remita a este Foro un nuevo escrito que nos puede dar una idea de la legalidad de todas las tramitaciones urbanísticas llevadas a cabo por el Ayuntamiento de Puente, lo mismo que de un gran número de Ayuntamientos.

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Una respuesta en “LA APROBACIÓN DE LA EMOT Y LA EXPOSICIÓN AL PUBLICO ¿QUE ES ANTES EL HUEVO O LA GALLINA? O ¿A QUIEN QUIEREN ENGAÑAR ESTA VEZ?

  1. Andarrios dijo:

    Secretario ¡has estado sobrado!, ¡ya es hora de que alguien empiece a llamar las cosas por su nombre y que dejen de tratarnos como niños!

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