AUNQUE LA LEY DIGA LO CONTRARIO, LAS VACACIONES DE LOS FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO SE COMPUTARAN POR DÍAS NATURALES

Por el Ex-Secretario se no remite la siguiente Nota para su publicación:
Por el Tribunal Administrativo se ha confirmado la curiosa, cuando menos, interpretación del Ayuntamiento (basada según parece en el Informe Técnico emitido por el Ayuntamiento) en el asunto del “finiquito” del exSecretario en el sentido de que la compensación por vacaciones debe tomarse en relación con los días naturales y no arreglo a los días hábiles, en los que están señalados las vacaciones de los funcionarios; basta ahora esperar a ver cuál va a ser el criterio que adopte el ayuntamiento en las vacaciones de sus trabajadores.
De todas formas la Resolución del TAN contiene el voto particular y negativo a tal interpretación de una de los tres vocales, lo que anima aún más si cabe al exSecretario a acudir a la Jurisdicción Contencioso en orden a que se resuelva definitivamente este contencioso que ya va para los tres años.

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