Por el Ex-Secretario se nos remite la siguiente Entrada para su publicación
¿Qué tiene que ver una Guardia Civil con permiso de maternidad y el Ex-Secretario de Puente?, pues a simple vista, ¡muy poco!, pero a poco que ahondemos, nos encontramos un punto de unión realmente claro como es ¡la falta de profesionalidad y excesiva falta a la verdad de unos abogados!, así como de quienes los contratan y hacen caso ciego a sus informes.
Y lo digo con verdadero fundamento, pues si vemos hoy la página 21 del “Diario de Navarra” nos encontramos con la siguiente noticia: “Una guardia civil disfrutará de las vacaciones al año siguiente tras la baja maternal”, tratándose de un caso, como la misma noticia indica, de que “La guardia civil está destinada en un pueblo del norte de Navarra y solicitó a la Dirección General del Cuerpo que las vacaciones de 2010 le fueran acumuladas a las de 2011 por haberse encontrado durante ese año en situación de baja por enfermedad y permiso de maternidad, con el fin de disfrutarlas una vez finalizado el permiso de maternidad”, sin embargo tal solicitud le fue denegada, por lo que “Defendida por los abogados Fernando Isasi y Marta Segura de Iore Abogados, recurrió al juzgado y la sentencia acaba de decidir que la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil no fue conforme al Derecho”; pues bien y hasta aquí no cabe si no felicitarle a la Guardia Civil por el reconocimiento de su Derecho, y, a la vez, el poder tachar a señalados abogados como verdaderos desvergonzados (por ser leves en mis calificativos), dado que al mismo tiempo que defendían a esa persona de esa forma, informaban totalmente en el sentido contrario al Ayuntamiento de Puente en el Recurso interpuesto por mí ante el Tribunal Administrativo, consiguiendo que después de año y medio (y después de darme la razón el Defensor del Pueblo y el Tribunal Administrativo) esté todavía pendiente de percibir mi “finiquito”, poniendo en mi caso en duda el mismo derecho que tanto se han afanado ellos mismos en defender en el caso de la noticia del Diario de Navarra (mucho me extraña que tanto que se han preocupado de que se publicase en Prensa su éxito, no hubiesen hecho lo mismo en mi caso cuando la Resolución les fue totalmente contraria).
La verdad no llego a saber si son los abogados mencionados (“Fernando Isasi y Marta Segura de Iore Abogados”) los verdaderos culpables de tan impresionante desatino e incoherencia jurídica, o si lo son los miembros de la Corporación de Municipal y sus Técnicos (incluido la Secretario quien debe de dar conformidad a los informes que se presentan) quienes se dejan impresionar y deslumbrar por tan irregulares actuaciones profesionales, asumiendo, cual palabra de Dios, lo que dicen y hacen sus abogados, para mí que tan culpables son unos como otros, lo que verdaderamente me apena es que en las mismas manos este otro procedimiento como el Seguro de Incapacidad que debía habérseme abonado en Noviembre del 2.010, y para cuya reclamación me han obligado a acudir a la Jurisdicción de lo Contencioso, en la han señalado la vista para el mes de febrero del 2.013, a raíz de la que es posible que logre el cobro del seguro tres años después de la declaración de incapacidad, y todo gracias al maravilloso y fundamentado criterio de unos abogados cuya fundamentación jurídica se basa en quien les paga (alguien debería preguntar los honorarios de tales técnicos, ¡no vaya a ser que cuesten más las cintas que el manto!), con independencia de lo que diga la Ley y la Justicia; y, mientras tanto, los tres enlaces sindicales del Ayuntamiento cerrando los ojos ante tales desatinos y sirviendo como “convidados de piedra” en todo este asunto, aunque para convocar acciones populares de cara a la galería sí que parece que están, aunque no quieran enterarse que para eso no fueron elegidos.
Es una pena que los abogados Sres. Isasi y Segura se crean que, en su actuar, pueden estar por encima del Código Deontológico de Abogados cuyo respeto el día de su colegiación juraron respetar, aunque creo que llega el día en que alguien se preocupe de que se lo recuerden.
Pero bueno, ¡en qué manos estamos!, ahora resulta que los asuntos se encomiendan a unos abogados de fuera (por cierto, ¿alguien sabe quién y cómo los ha nombrado?, porque en su día se hizo un Concurso de Selección y se eligió a otro), que nos estarán cobrando una “pasta gansa” por algo que, segun parece, ni se aclaran diciendo hoy blanco y mañana negro (¡todo dependerá de donde viene el dinero!, al final: «un atraco»), pero yo me pregunto que si antes ¿los recursos no los llevaba el Ex-Secretario?, pues si ahora no los lleva la Secretario creo que debería replantearse el “pastón” que se levanta todos los meses, dado que, según parece, cobra por un trabajo que no realiza, o es que no tiene ni idea del mismo, pues si así, por mi parte, ya sabe dónde está la puerta.
Lo que ya es indignante es la inactividad de los Enlaces Sindicales, cuya función parece ser que se resume a cogerse las horas sindicales como de vacaciones, ¡por que ya me diréis que intervención han tenido en este asunto del finiquito del Ex-Secretario, pendiente después de año y medio y, según dice, con Resoluciones a su favor del Defensor del Pueblo y del Tribunal, la verdad es que consiguen que uno tenga la sensación de que los Sindicatos son unos auténticos “aprovechaos” en beneficio exclusivamente propio, ¡quitaros ya la careta de una p… vez, y dejaros de convocar huelgas absurdas! O es que ¿aún queréis trabajar manos de lo que lo hacéis ahora?
¡Dios en que manos estamos!
¿Para cuando una revisión de horarios y cumplimiento responsable de obligaciones del personal municipal, así como de las contrataciones «amistosas» externas?
Y lo del horario lo digo, por que, ahora que se habla de subir a los funcionarios de 37,5 horas a 40, me parece a mi que con el horario del personal de Puente (8 a 3 = 35 horas semana, en el mejor de los casos) no se cumple ni el minimo señalado.
Pregunte a cinco economistas y obtendrá cinco respuestas diferentes – seis si alguien estudió en Harvard.
No hay consejos para el éxito . Oahu es el resultado de la preparación, trabajo duro, y aprender de los fracasos .
Como Abogado en ejercicio, aunque lamentablemente ya no en la Comunidad Foral Navarra, he leído (una vez que un buen amigo me dio traslado del mismo) con verdadera atención el escrito del ExSecretario, con el que tuve el gusto de compartir en otros tiempos tareas en su desempeño de Abogado colegiado desde hace 1.976, extrañándome en sobre manera la actuación de los abogados de la otra parte, cuando se les debe entender conocedores del Código Deontológico de la profesión (Real Decreto 658/2001, de 22 de junio) en cuyo artículo 9.a se señala la obligación de poner en conocimiento del cliente las posibilidades de sus pretensiones, así como el resultado previsible del asunto, no entendiendo como, según ello, pueden darse versiones contradictorias en un asunto totalmente similar; como tampoco entiendo la no aplicación de los extremos contenidos en el artículo “Artículo 12. Relaciones entre Abogados”, claramente obviados en su comportamiento.
Supongo que poderosas razones habrán motivado que un compañero haya actuado de esta forma, razones que claramente se me escapan y que, en aras del correcto ejercicio de nuestra digna profesión, confío que justifiquen su actuar.
No quiero por nada del mundo que algún día estemos obligados de recordar a un compañero las palabras del Abogado y Profesor Brandon M. Olivera:
Es bueno resaltar, que la lealtad y ética del abogado, no es solo con sus clientes, también debe existir rectitud, honradez, nobleza, honestidad, lealtad, respeto y fraternidad con sus colegas. En tal sentido, existen normas entre los profesionales del Derecho que deben respetarse. ….
La lealtad es un valor que no puede ser definido fácilmente, creemos que esto es más que nada un valor personal de cada persona, independientemente si es o no un profesional del derecho, es oportuno indicar que la abogacía no se cimienta en la lucidez del ingenio, sino en la rectitud de la conciencia. ….
Cuando un abogado acepta una defensa, es porque estima – aunque sea equivocadamente- que la pretensión de su tutelado es justa, y en tal caso al triunfar el cliente triunfa la justicia, y nuestra obra no va encaminada a cegar sino a iluminar. …
Tener lealtad en la profesión de abogado, es lo que muchos han ido perdiendo debido precisamente a un ejercicio profesional deshonesto e injusto. ……….
Los deberes del abogado con el adversario se refieren a la lealtad en la contienda, a la independencia, al respeto y solidaridad profesional. La lealtad en la contienda significa la defensa honesta de la causa, …. El respeto y solidaridad obliga al abogado a mantener con el colega adversario relaciones de cordialidad, sin que eso signifique abdicación de la independencia, no debemos olvidar las celebre frase: «tratemos como nos gustaría que nos traten», consideramos que esta frase encierra el punto básico de la lealtad con el adversario, ….., creemos que esta en nosotros los abogados demostrar nuestros valores morales y éticos, actuando no solo con lealtad, sino con veracidad, compromiso y sobre todo con un profundo amor a la justicia, ……
Lamento la extensión de este escrito pero un mínimo deber de lealtad hacia el ExSecretario me han obligado a ello