SRES. DEL AYUNTAMIENTO: HASTA CUANDO VAIS A IGNORAR LA NULIDAD DEL PLAN MUNICIPAL

Si en una entrada anterior comentábamos lo poco que parece importarles a nuestros Concejales y personal técnico y jurídico municipal la nulidad del Plan Municipal cuando hablábamos del “Nuevo Centro de Salud”, hoy podemos hablar de otro punto del mismo Orden del Día que dará mucho que hablar si, como parece, tan sesudos gestores no han adoptado las medidas correctoras necesarias.

Me refiero a la “Aprobación inicial del Presupuesto para el ejercicio 2023”, documento en cuyos ingresos tiene una fuerte importancia el “Impuesto de Bienes Inmuebles” (lo que antes conocíamos como Contribución Urbana y Rústica), el cual se basa en los valores que le asigna a cada parcela, o unidad catastral, la “Ponencia de Valoración” aprobada no hace mucho y después de muchos años sin renovar por el Ayuntamiento, en base, entre otros extremos, en el: Plan Municipal de Puente la Reina, aprobado el 2 de agosto de 2019. (Ap 2.4 de tal Ponencia), incluyendo como parcelas urbanas aquellas que se señalaban como tal (inc. las urbanizables) en dicho Plan que ahora se declara nulo.

Pero, según parece, nuestros gestores y asesores han preferido “taparse los ojos” y tirar para adelante sin efectuar consideración alguna al respecto, es decir cobrando como urbanas unidades catastrales que no lo son ni urbanísticamente, sin tener en cuenta, ni importarles, otras incidencias en los contribuyentes (por ej. en el Patrimonio de cara a las Becas, o al acceso a la vivienda), con lo que es fácil que el futuro número de recursos y reclamaciones sea bastante elevado, y no seré yo quien monte el “pitote” en el Ayuntamiento, en un caso en el que, claramente, son ellos los únicos que lo han montado y generado, por no haber empleado, ¡aunque solo fuese esta vez! la cabeza, Advertidos quedan.

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