Llama la atención la manifestación del Concejal de Urbanismo de que “… no se atreve a dar plazos pero confía en que la aprobación inicial pueda ser antes de acabar la legislatura”, .más si cabe cuando se está refiriendo a la única iniciativa de desarrollo del Plan Municipal y que, según comentan sus promotores, conste en la redacción de acuerdo con el Ayuntamiento de un Plan Parcial presentado en el Ayuntamiento hace ya cuatro años.
Lo que asombra es que teniendo mayoría absoluta y ejerciendo una política de “rodillo” con la oposición como la que están aplicando, el Equipo de Gobierno no haya sido capaz de tramitar un Plan Parcial que desarrolla un Plan Municipal desarrollado por los concejales de Bildu (y sus adláteres) y aprobado “a duras penas” por la Consejera del Gobierno de Navarra, y digo a “duras penas” a juzgar por las presiones que se ejercieron al Servicio de Ordenación del Territorio para que emitiese su a la Aprobación Definitiva y que se constatan en determinados emails (inc. menciones a Oihan Mendo) obrantes en el expediente.
Y no creo que sea la mejor forma de promover tal tramitación el achacar a la Mancomunidad retrasos u obstáculos en emitir el preceptivo informe que figura en las determinaciones particulares del Sector “S-R05” de que “Previamente al desarrollo de este sector, se deberá tener garantía de disponibilidad de los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento por parte de la Mancomunidad de Valdizarbe”, comprendo las reticencias de la Mancomunidad en emitir tal informe, cuando en el emitido en la tramitación del Plan Municipal, informó que las disponibilidades hídricas no cubrirían más allá del 55% de los nuevos desarrollos del Plan, y de las que habría que descontar las previsiones de los dos ámbitos remitidos al Plan especial de reforma Interior y las cinco unidades de Ejecución, que ni tan siquiera contribuyen a los costes de necesarias infraestructuras .
No se el porqué de este retraso de cuatro años, pues el camino a mi modesto entender esta bien claro en el Plan Municipal y que supone:
1º.- Tramitar y obtener un incremento de recursos hídricos que ampare la totalidad de necesidades de los desarrollos planteados en el Plan.
2º.- Redactar, tramitar, aprobar Y EJECUTAR “Planes de distribución de costes” del refuerzo de infraestructuras, tanto del abastecimiento/saneamiento, como de electricidad, y ello, en virtud del art. 20..4, c), d) y e) a realizar por el Ayuntamiento, con cargo a los propietarios en sus respectivas Reparcelaciones.
3º.- Comprobar si el Plan Parcial esta acorde con la normativa del art. 24, incluyendo los estudios requeridos (p.ej. sobredimensionamiento de infraestructuras al 2,5 de su necesidad, determinaciones para afecciones a zonas de Dominio Público hidráulico, y su zona de policía, etc.)
Conestos tramites establecidos en el Plan Municipal, creo que no tendrá obstáculo alguno la tramitación y aprobación del Plan Parcial,; tramites que no exentos en algún caso de alguna complicación (p.ej. con el origen del abastecimiento en la Sierra de Alaiz que señala el Plan), pero que en cuatro años se supone que su solución estará ya muy adelantada, cuando no solventada.
Al margen de esa problemática, no gustaría dejar estos comentarios sin hacer mención de una consideración personal concreta, como es el que con tal cantidad de costes que se atribuyen en el Plan a los Sectores, y entre ellos al “S-R05”, puede que sea muy difícil, cuando no imposible, la ´construcción de “Viviendas de Protección Oficial” al superarse las repercusiones máximas de suelo urbanizado.
Pero bueno, supongo que ello habrá sido tenido en cuenta por el Ayuntamiento y tendrá ya pensadas soluciones, como podrían ser:
- Tramitar autorización para un porcentaje inferior al 50% de VPO, y mas acorde con la realidad del Municipio de Puente la Reina, tengamos en cuenta el error cometido en el Plan de adjudicar la construcción de 212 VPO al último año, cuando en realidad esa cifra creo recordar que era la suma de todas las VPO construidas en los últimos 12 años.
- Hacerse cargo el Ayuntamiento de alguna obra de urbanización, tal como lo ha efectuado en el caso del “Puente de los Reparadores” cuando era una obra que estaba a exclusivo cargo de un ámbito concreto de actuación como es la “RESERVA R-R1 (IRUNBIDEA)”.
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