2ª PARTE DE PUNTO LIMPIO DE LA MANCOMUNIDAD – LAS EVIDENTES ILEGALIDADES

Vale que hagan caso omiso a las solicitudes de información que vienen obligados a dar, lo cual me llevara a emprender el camino que corresponda ante los claros incumplimientos de la Ley de Administración Local y de la Ley de la Transparencia; ¡curiosa palabrita la de “transparencia” que tantas veces se emplean en el Ayuntamiento y la Mancomunidad!, aunque la verdad no se si se han parado a leer las obligaciones legales que ello comporta su cumplimiento, y ello ante la evidencia de su total incumplimiento por parte de los responsables de ambas Entidades.

Pero bueno, dejemos de lado tal negativa a facilitar tal información, y pasemos a ILEGALIDADES bastante más serias realizados en total complicidad entre las Entidades citadas, pues el mismo día en que se anunciaba en la prensa “a bombo y platillo” el acuerdo de cesión por el Ayuntamiento a la Mancomunidad de una parcela dotacional en el Polígono Aloa con la finalidad de implantar un “punto limpio” dan comienzo las obras de implantación, para las que es más que previsible que no tengan otorgadas las Licencias y/o Autorizaciones que, desde los puntos de vista urbanístico y medioambiental, son obligatorias, lo cual constituye varias infracciones graves.

Ante esta situación, efectuada con la pasividad (¡cuando no connivencia!) de la Alcaldía he presentado una denuncia ante ésta, y ello como primer paso antes de hacerlo ante la Inspección del Gobierno de Navarra, señalando que las responsabilidades de ejecutar obras sin licencia recaen en el Promotor, Constructor y Dirección de las mismas, al margen de las que recaen en el Alcalde que no ejercita sus facultades de paralización y solicitud de responsabilidades.

Y ya que hablamos de responsabilidades no podemos dejar de lado las que corresponderán a autoridades (Presidenta, Miembros Junta Rectora, etc..) y personal (Secretaría, Intervención, ..) de la Mancomunidad por haber realizado una contratación de una obra de forma totalmente ilegal (sin partida presupuestaria habilitante, sin informes técnicos, sin respeto a los plazos, sujeta a una Ley inaplicable, etc.) al margen de la total legalidad, y todo ello ante una simple solicitud por parte del Constructor-Adjudicatario y que puede llegar a un máximo del 15% del valor del proyecto.

Bueno confiemos que entre el sentido común en nuestros fantásticos dirigente, gerentes y asesores medioambientales y pongan punto final a este inmenso desatino, y que, ¡de una vez por todas! comiencen a dar toda la información y no “guardársela” llamando a las cosas por su nombre, como, por ejemplo, decir que más que un punto limpio, bien pudiera llamarse “estación de transferencia de residuos” lindante a una industria alimenticia y a una vivienda.

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SRES. ALCALDE E ISASI ¡ANTES SE COGE AL MENTIROSO QUE AL COJO!, LOS ANTECEDENTES DE UNA «ESTAFA PROCESAL»

En el Procedimiento 151/2016 seguido en el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Pamplona, hoy se ha producido, ¡aunque tarde!, la contestación a la demanda interpuesta por mi ante la Resolución del Tribunal Administrativo (Recurso Alzada 16-0005) sobre denegación por parte de la Alcaldía de diversa documentación, necesaria, alguna de ella, para mi defensa en un Procedimiento Contencioso en el que, al final y al no habérmela entregado a pesar de ir en contra de Resolución del Defensor del Pueblo, no pude presentarla dictándose, en consecuencia, Sentencia en mi contra, perjuicio causado por la Administración que se enjuiciara en el correspondiente Proceso Judicial.

Sin embargo, en la vista de tal proceso (15/Junio/2016) la Alcaldía, por boca de su Asesor Sr. Isasi, manifestó, ¡por dos veces!, que la no entrega de documentación venía avalada en que las Resoluciones del Tribunal Administrativo debían considerarse como “firmes y consentidas” al no haber sido recurridas por mi, extremo que tal como dije en la Vista era falso pues tal recurso había sido presentado un mes y medio antes (3 de mayo de 2017).

Tan falaz afirmación de la Alcaldía y Dirección Letrada la incorpore en mi demanda de este nuevo Contencioso (Apartado 3.3. de los Hechos), si bien hoy me encuentro con que, nuevamente, ambos intentan desmentir mi calificación de “mendaz” señalando en su contestación a tal demanda:

Apuntaremos, no obstante, que ninguna actuación mendaz o falaz tuvo el ayuntamiento en su afirmación de que las resoluciones eran firmes y consentidas.

Sencillamente, el escrito se elaboró antes de que tuviera el Ayuntamiento conocimiento de que se hubieran impugnado las resoluciones del TAN.

El aducir que el Ayuntamiento no tuviera conocimiento de tal impugnación, no supone, a mi entender y así deberá señalarse en el correspondiente proceso en preparación por “Estafa Procesal”, si no el hacer bueno el dicho del poeta inglés Alexander Pope:

El que dice una mentira no sabe qué tarea ha asumido, porque estará obligado a inventar veinte más para sostener la certeza de esta primera.

Y ello porque parece que, ambos artífices, olvidan el emplazamiento legal que efectúo el Tribunal Administrativo al Ayuntamiento, informando de la interposición del Recurso y que lleva la fecha de una semana antes de celebrarse la vista en la que calificaban las Resoluciones como “firmes y consentidas”, extremo de perfecto conocimiento de la interposición de Recurso con anterioridad a la Vista que se ratifica en la Pagina 7 del Acta de la Sesión Plenaria de 1/7/2016, cuando se indica como el 9 de Junio de 2016: Se recibe del TAN Providencia de remisión de recurso contencioso administrativo recaída en recurso de alzada 16-0005 interpuesto por anterior secretario.

Algunos consideraran que tienen la suerte de contar con la plena confianza del Sr. Alcalde y que manifestaba en el Pleno de 16 de marzo de 2017 sobre el buen hacer de sus Asesores y Trabajadores, aunque no se bien como va a salir de esta mentira tan palpable, y que conste que esta es solo una de las que se plantearan en el procedimiento de “Estafa Procesal” ¡Y a todo esto la buena de la Secretaria callada como siempre!, desoyendo que “Las mentiras más crueles son dichas en silencio.” (Robert Louis Stevenson), silencio que tambien mantienen la totalidad de Corporativos, posiblemente, al no tener conocimiento de los hechos, aunque deben ser conscientes que su desconocimiento puede llegar a no ser excusa valida de sus responsabilidades.

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¿CUAL PUEDE SER LA RAZON DE QUE SE TIRE A LA BASURA PATRIMONIO MUNICIPAL?, ES DECIR, DE TODO PUENTE. ¿QUE SUJETO INSENSIBLE DIO LA ORDEN DE TAL DESATINO?

Tiene fama la quema de libros en Euskera que se efectúo el 11 de agosto de 1936 en la Plaza Zaharra de Tolosa, hecho que se ha tenido siempre como “Acto contrario al Euskera y al Pueblo Vasco efectuado por la Dictadura”.

Yo confío en que la motivación que llevo realizar tal quema, no sea la misma que la de la reciente actuación (¡por no llamarla ….!) de nuestro Ayuntamiento, con su Alcalde y Secretaria a la cabeza, si no que, más que a ello, debe deberse a la total falta de sensibilidad hacia el patrimonio del Ayuntamiento y los libros que pierden su vigencia, pero que comprenden la intangibilidad de la historia.

El hecho es que, tal como me han comentado varios de los intervinientes forzosos de cuya veracidad no dudo, nuestros queridos munícipes (se supone que debidamente asesorados por Secretaría, Letrados, etc..) han querido hacer sitio en el Archivo de la Tercera Planta de la Casa Consistorial (¡el curiosamente denominado Archivo Histórico!) y no se les ha ocurrido mejor cosa que tirar a la basura la Colección de Legislación Española, el llamado “Aranzadi”, verdadero orgullo del bueno de Manolo Armendáriz, eso sí han tenido la decencia (¿?) de tirar todos sus tomos (¿Cuántos eran 70, 80, … Tomos?) de tirarlos para la prensa del papel, en cuyas “balas”, diciéndome que todavía pueden verse los restos de los lomos “apergaminados” característicos de tal colección.

Duelen estas actuaciones, máxime cuando hace pocos días leíamos en la prensa como la Universidad Pública ponía a la venta libros descatalogados de su Biblioteca para obtener algún dinero para otorgar ayudas a alumnos necesitados, desde luego ¡qué diferencia de mentalidad existen entre ambas actuaciones!, ¿a cuál de ellas te apuntas como correcta?, yo no lo dudo.

Por cierto, alguien me llego a comentar que algo parecido había pasado hace ya muchos años con el «Santiago Beltxa» y como alguien lo saldo de la hoguera, no se si sera verdad pero viendo actuaciones como la que denuncio casi estoy por creermelo.

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EL PLAN MUNICIPAL DE PUENTE LA REINA – ¡UNA AUTENTICA VERGÜENZA! DE LA QUE NADIE SE RESPONSABILIZARA AL NO ESTAR EL EXSECRETARIO

Hoy el Pleno del Ayuntamiento de Puente la Reina va a tratar de efectuar “la segunda aprobación provisional del Plan Municipal”, y ello tres años más tarde de que se hubiese efectuado la primera de tal aprobación provisional, y ¡sólo CINCO años desde que se aprobase inicialmente!.

Esos años transcurridos no son nada si tenemos en cuenta que la contratación al equipo de arquitectos (Sr. Ordeig) tuviese lugar hace ya la broma de doce años (4/11/2005), así como de sus quejas por los retrasos que se achacaron, también por el Ayuntamiento (¡y sin voz alguna en su defensa!), al entonces Secretario (retirado de la Comisión de Urbanismo por el Pleno desde el 2007) dos años después, ¡que pena deben tener en ERDU y en el Ayuntamiento en no poder achacar al Exsecretario ya el retraso de doce años!, ¿a quien culparan de ello?, cuando el mismo no es si no fruto de su más total incompetencia, pues como una persona de Puente le dijo a un Corporativo nombrado para presidir la “Comisión Municipal”: “Para saber de Urbanismo hay  estudiarlo, no se adquiere por ciencia infusa al ser nombrado Concejal”.

Atrás quedan las denuncias efectuadas en este Foro ante lamentable situaciones, como fue la contratación directa (por más de 800.000 Ptas) del “Estudio de Incidencia Medioambiental”, cuando era un documento que expresamente estaba incluido en la oferta y contratación a aportar por “Erdu, S.L.”, o la desaparición de los dos arquitectos de “Erdu” (Sres. Ordeig desde el 9/8/2010 y Luque, ¡bueno éste desaparecido desde el primer día!, solo firmar la oferta para que se evaluase su experiencia), en cuya experiencia y formación se basaba la adjudicación, siendo sustituidos por un arquitecto (Sr. Martínez Callejo, con Estudio en Bilbao ¡que ni tan siquiera en Pamplona!), cuya experiencia, no avalaría tal contratación, lo que suponía una nueva adjudicación directa sin fundamentación alguna, …..

Y todo sea que esta aprobación provisional no llegue a ser válida al haberse incorporado documentos que requerirían un nuevo tramite de Exposición Pública, ¡que ya en su día el entonces Corporativo Sr. Urdiain aviso de ello!.

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Sra. Presidenta, Junta Rectora y Asesores, ADJUDICACIÓN PUNTO LIMPIO. ¡CUANDO LAS BARBAS DEL VECINO VEAS CORTAS PON LAS TUYAS A REMOJAR!.

Contundente afirmación la de Adolfo Araiz (EH Bildu, mismo grupo que el de nuestra Presidenta y Concejales que la auparon) sobre la adjudicación de Bio-Ulzama recogida en el Diario de Noticias:

Por su parte, el portavoz de EH Bildu, Adolfo Araiz, ha remarcado que en el informe de la Cámara de Comptos «se relatan irregularidades demoledoras e incluso posibles responsabilidades penales» y ha destacado que «se deduce y huele que todo estaba preparado para una adjudicación, para que hubiera una determinada empresa que fuera la resultante de esa adjudicataria«.

Por todo esto, Araiz ha exigido «responsabilidades políticas» y ha defendido que «alguien tiene que dar explicaciones» sobre este tema. A su entender, «el exalcalde Patxi Pérez tiene una responsabilidad directa y personal que no puede ignorar, como ha tratado de hacer en las alegaciones» y ha exigido su «inmediata» dimisión como concejal.

Además, ha considerado que UPN «tenía que tomar buena nota de lo que dice este informe y de las responsabilidades que es posible que recaigan sobre esta persona». «Debiera dimitir como miembro de la Ejecutiva», ha sostenido.

Habrá que estar vigilantes ¡No vaya a ser que nos encontremos en el «Punto Limpio» con algo parecido!, aunque en este caso, si que, desde este Foro, estamos dispuestos a pedir responsabilidades desde el primer momento.

¿Que dirá el Sr. Araiz si al final sale a la luz esta adjudicación tan irregular?, ¿también tendrán que dimitir la Presidenta, los miembros de la Junta y los Asesores que han propiciado tan desatino?, ¡Por que eso sería lo procedente!.

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ES IMPENSABLE HASTA DONDE VAN A LLEGAR LAS IRREGULARIDADES DE ESA MANCOMUNIDAD.

A veces es difícil llegar a comprender hasta dónde puede llegar el incumplimiento de las promesas  que efectúan en campaña electoral nuestros representantes, baste, como ejemplo, preguntarnos cuantas veces hemos oído decir “HAY QUE LEVANTAR LAS ALFOMBRAS” y a ello dicen que se van a dedicar en cuanto sean elegidos.

Pues bien, esa frase repetida hasta  la saciedad, también se la oímos decir a nuestra presidenta de la Mancomunidad de Valdizarbe y a los «Bildu’s» que le apoyaron, y la verdad es que todavía no sabemos muy bien a qué se referían, porque a lo que estoy seguro que no se referían era a ver y analizar el cumplimiento de la Ley y de los principios de contratación en los contratos anteriores, a no ser que se refiriese a no querer ver la viga en el ojo propio, pues lejos de revisar cualquier actuación anterior, es ella la que está propiciando verdaderos casos de imputación directa de irregularidades de los que, tarde o temprano (¡y debemos procurar que sea pronto!), tendrá que dar explicaciones y arrastrar sus responsabilidades.

El último de ello lo constituye el de la implantación del “Punto Limpio” en el Polígono de Aloa, en cuya contratación (¡con un coste total de más de 330.000 €!), se ha pegado, debidamente asesorado por el Técnico Medioambiental Sr. Rubio (en una clara muestra de su profundo desconocimiento de la legislación), la “machada” de poner como plazo de presentación de ofertas el de siete días naturales (¡en lugar del acostumbrado y reglamentario de treinta!), incluyendo en tal plazo los cinco días inhábiles de Semana Santa.

Ante tal desatino he comenzado por pedir información al respecto, en un claro propósito de recurrir tal convocatoria, así como su eventual adjudicación, en un claro intento de que esto no se convierta en un nuevo caso de Gesterlar, con adjudicaciones directas e ilegales por valor de 300.000 € que han acabado en la basura sin que nadie se haya responsabilizado de ello, si no que al contrario, a su directo responsable el Sr. Rubio lejos de pedirle responsabilidades se le sube de sueldo y categoría; pero en este caso que nos ocupa, el del “Punto Limpio”, creo que no podemos dejar pasar tales irregularidades, y acudir a donde haga falta a que respondan no solo los responsables directos (Presidenta y Asesores), si no también toda esa colección de “palmeros” que constituyen la Junta que aprueba las cosas sin querer enterarse, para pasar por caja a cobrar su asistencia.

Aquí puedes ver la instancia presentada: Escrito sobre adjudicacion Punto Limpio 1.05.17

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España Uxue Barkos dispara 20 puntos el rechazo de los navarros a unirse con Euskadi

Leído en «El Confidencial»:

Uxue Barkos dispara 20 puntos el rechazo de los navarros a unirse con Euskadi

El 74% de los ciudadanos de la Comunidad Foral se opone a la fusión con el País Vasco en una única comunidad autónoma mientras que hace dos años el rechazo entre la población era del 55%

La derogación de la ley de Símbolos de Navarra para levantar la prohibición de que la ikurriña ondee en los ayuntamientos ha alimentado el enfrentamiento político por la “obsesión identitaria” que, según la oposición, preside la actuación del Gobierno de Uxue Barkos. La medida aprobada este jueves en el Parlamento de Navarra y que faculta a las instituciones de la Comunidad Forala colocar la bandera de Euskadi constituye un nuevo paso en ese proceso de construcción nacional en el que está inmerso el cuatripartito y que conlleva la implantación del euskera en la Educación y la Administración Pública y la expansión territorial de la denominada zona mixta.

El sentir nacional une en la acción de gobierno a las cuatro formaciones que integran el Gobierno foral: Geroa Bai (la marca del PNV en Navarra), EH Bildu, Podemos e Izquierda Ezkerra. Pero, ¿se corresponde la actuación institucional con el sentimiento de la ciudadanía? Las encuestas más recientes, al menos, lo ponen en entredicho. En los últimos dos años, la oposición a la unión de Navarra con Euskadi ha crecido significativamente 20 puntos, según reflejan los estudios sobre la actualidad de Navarra que realiza el Parlamento de esta comunidad.

Asimismo, también se ha incrementado en este periodo de forma importante la población que se opone a instaurar “un marco permanente y estable de cooperación o colaboración” con el País Vasco. Si a finales de 2014 solo rechazaba esta opción un 23% de la población, dos años después la oposición se eleva hasta el 38% (21,1% “muy en desacuerdo” y 16,9% “bastante en desacuerdo”). Antes, un 69% de la ciudadanía respaldaba este marco estable de colaboración y ahora el apoyo cae hasta el 51% (el 26,3% está “muy de acuerdo” y el 24,7% “bastante de acuerdo”).

El último informe, realizado por el Departamento de Sociología de la Universidad Pública de Navarra (UPNA), aborda la cuestión identitaria y que no se reflejaba en el barómetro de 2014, elaborado por la empresa Consulting Orbere. A este respecto, casi la mitad de la población, el 45,1%, tiene un sentimiento de identidad exclusivamente navarro, mientras que un 20% se considera vasco-navarro, frente al 6,8 que se proclama navarro-español. En todo caso, es mayor el porcentaje de ciudadanos que se considera solo español (un 8,9%) que solo vasco (un 5,4%). Al mismo tiempo, un 8,6% asume el triple sentimiento de navarro-vasco-español.

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DESCONOCIMIENTO O ILEGALIDAD QUERIDA EN UNA CONVOCATORIA DE PERSONAL

Yo no sé si alguien le habrá aconsejado al Alcalde que, al menos, se lea la normativa aplicable, o bien debemos considerar que ello compete a sus numerosos asesores, el hecho es que nos encontramos con una convocatoria en marcha cuya condición especial está viciada de nulidad radical, y me refiero a la “CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, EN PROMOCIÓN INTERNA RESTRINGIDA MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE UNA PLAZA DE ENCARGADO DE SERVICIOS MÚLTIPLES, DE NIVEL C, AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE PUENTE LA REINA/GARES”; en cuya primera Base se señala que tal convocatoria se restringe al “personal de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Puente la Reina.”.

Pero quien redactó, aprobó, aplicó, etc… esta limitación olvida la existencia de un “Acuerdo de Condiciones de Trabajo 2006-2007” en cuya pagina 19 figura textualmente:

Artículo 15ª . La promoción de nivel se llevará a cabo mediante la reserva de vacantes en las pruebas selectivas de ingreso para su provisión en turno restringido entre los funcionarios pertenecientes a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra, que reúnan los siguientes requisitos.

Acuerdo que, si bien la Alcaldía y su Dirección Letrada, se empeñaron en declararlo como no aplicable en el Procedimiento Contencioso del Seguro de incapacidad, fue ratificado y señalado como plenamente en vigor y aplicable por el Juzgado C-A nº 2 de Pamplona; planteamiento, por otra parte, de dejar abierto el turno restringido a todas las Administraciones públicas de Navarra que ya fue objeto, por mi parte, de advertencia de lo que podía suponer; y que, al igual que las más de sesenta advertencias de ilegalidad, fue archivada en la misma papelera.

No quiero con esto si no advertir que, a mi juicio, bastaría con firmar un anexo al citado Acuerdo Laboral anulando este extremo, pues en ningún caso quiero reprochar, y menos impedir, tal incremente de Nivel en un trabajador como Javier Tainta (curiosamente negociador y firmante de tal «Acuerdo Laboral») cuyo ascenso lo tiene mas que justificado y ganado, siendo ya tarde el que se le reconozca. ¡Pero no vaya a ser que, con el tiempo, haya alguien que intente la anulación de tal nombramiento, como ya se intentado en otras ocasiones, y de lo que yo puedo dar fe propia!.

Puede ser, y no sería extraño, que tal acuerdo ya haya sido adoptado, incluso que el “Acuerdo Laboral 2006-2007”, declarado judicialmente vigente, haya sido ya sustituido, anulado, etc., aunque, en tal caso, nadie me podrá reprochar esta Entrada, pues su no publicación en el “Portal de Transparencia” de la Web Municipal no deja de ser si no una muestra más de la curiosa interpretación que del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley de Transparencia nos tiene acostumbrados el Ayuntamiento y su Alcaldía.

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SRA. PRESIDENTA, ¿DE VERDAD CREE QUE ESTO ES LA TRANSPARENCIA?, ¡Y YO QUE CREÍA QUE ESTABA EN CONTRA DE LA INCINERACIÓN DE RESIDUOS!

Habrá alguien entre el numeroso personal de esa Mancomunidad que le explique a la Sra Presidenta y a la Secretaria que la famosa “transparencia” de la gestión pública no consiste en la masiva quema de documentación (papel y CD’s) que está teniendo lugar en estos días en la Mancomunidad.

Por si no lo saben, aparte de la obligación mercantil y tributaria de mantener la documentación económica durante los últimos cuatro años, las Entidades Locales tienen la obligación de mantener ordenado el archivo “histórico” de la Entidad durante toda la vida de la misma, recayendo su responsabilidad en la Presidenta y, de una forma más directa, en la Secretaria, ante lo que me cabe preguntarme ¿Qué consecuencias pueden originarse si alguien pide en sede judicial se aporte una documentación de la que ahora se está quemando?.

Pues nada, sigan ustedes con tan increíble interpretación de la “transparencia”, incumpliendo de paso toda la Ley al no publicar en su Web lo que es obligado (Actas de la Sociedad, de su Junta Rectora, por ejemplo), ¡sigan, sigan, mientras no haya nadie que, ostentando algún cargo, se limite a cobrar por su asistencia y mantenga la boca cerrada!, pero que sepan que la responsabilidad también se adquiere por omisión, por mantener un silencio ante las irregularidades.

Y a todo esto ¿que nos dice el Asesor (¿?) medioambiental sobre la incineración de residuos?, o ¿es esta nueva practica de transparencia la mejor muestra y enseñanza de tratamiento de residuos?, ¿es esto lo que tan amablemente enseña en su «charlas» en los Colegios, ¿para que sirven los magníficos contenedores de papel?, ¿o la flamante prensa que nos costo un riñón y que dejamos pasar el periodo de la garantía sin ponerla en marcha?, ….

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¿ESTA ES LA COLABORACION DE LA MANCOMUNIDAD A LA SOLIDARIDAD AL DESARROLLO?

Leo, y sin duda me cubre un sentimiento de vergüenza, cuando le Mancomunidad no sólo aprueba, si no que lo publica “a todas voces”, como gran rasgo de generosidad y solidaridad como en el presupuesto del año que viene “… se ha adherido al Fondo Local de Cooperación al Desarrollo con una aportación anual de 500 euros con el fin de mostrar su “solidaridad” y apoyar “el desarrollo de proyectos necesarios en otros países”, lo cual, teniendo en cuenta que el presupuesto aprobado es de 1.812.000 €, supone, ni más ni menos, el 0,0275  ¡qué lejos del 0,6% [habrían supuesto 109.700 €] que se propugnaba en otros foros y para esas finalidades desde hace años!.

Mira, yo pienso que toda ayuda es necesaria, pero, a la luz de las cifras, ¡es mejor no hacerlas públicas! Pues a más de uno se nos puede caer la cara de vergüenza, aunque eso no pueda predicarse de nuestros administradores, ¡majo para eso es mejor que no se entere ni Dios de lo que se da con la mano izquierda!, y, por cierto, pensando en lo solidarios que son los Ayuntamientos de la zona, me pregunto ¿que partida presupuestaria tienen par tal finalidad? ¡que no todo son adoptar acuerdos y hacer brindis al sol!.

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