EL JUZGADO DECLARA NULA LA OPOSICION DE EMPLEADOS MUNICIPALES SERVICIOS MÚLTIPLES, YA DECLARADA NULA POR EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO

Hoy publica el Diario de Navarra la noticia de que el Juzgado Contencioso Administrativo ha declarado nulo el Concurso Oposición de los dos empleados municipales de servicios múltiples, y eso cuando se cumplen dos años (9/Marzo/2012) desde que, desoyendo los avisos que se hacían, fueron nombrados irregularmente dos candidatos.

Lo que me asusta realmente es la reseña que pone el periódico de que

Ante este pronunciamiento judicial, el Ayuntamiento tiene dos opciones. Bien puede aceptar la sentencia y convocar de nuevo el concurso, lo que supondría tener que enfrentarse a la reclamación de indemnizaciones por parte de las personas que cubrían los dos puestos antes de la prueba. O bien, recurrir la sentencia en la Sala del Tribunal Contencioso Administrativo. Posiblemente, la decisión se adopte en el Pleno que se celebrará el próximo viernes

Segunda alternativa que se me antoja un tanto absurda (a juzgar por la fundamentación que se hizo en el Recurso de Alzada aportando sentencias contrarias a la tesis mantenida por el Ayuntamiento) Primera alterativa realmente gravosa, aunque más que justa, para el Ayuntamiento y su increíble “huida hacia delante” a que nos tiene acostumbrados (a unos, como a mí, mas que a otros), pero eso sí, sin llegar a ver la verdadera responsabilidad del tema, tal como pregonaba “Agrupación Puentesina” en el Pleno de 23/11/2012.

A este respecto, reproduzco, a continuación, la entrada efectuada al respecto en este Foro el 14 de enero de 2.013

A VUELTAS CON LA OPOSICIÓN ANULADA Y LA CAPACIDAD DE SÍNTESIS DE FILDU= ¡Y EL ALCALDE NI SE SONROJA!.

Lunes, enero 14th, 2013

Maravillosa capacidad de síntesis la efectuada por nuestro Fildu en la sesión de 23 de noviembre pasado, cuando se trata de la bochornosa anulación de la provisión de plazas de Empleados de Servicios Múltiples decretada por el Tribunal Administrativo, cuando consta en Acta:

El Alcalde realiza una exposición sucinta de cómo sucedieron los hechos que se describen en la sentencia y concluye afirmando la existencia de un error administrativo por parte de la Aparejadora que no custodió los exámenes como es debido, además de la ocultación de ese hecho por su parte. En caso contrario, no se habría seguido adelante con las pruebas y se habría ahorrado al Ayuntamiento el coste de la segunda prueba.

Claro tal intervención, como figura en el mismo acta, es acogida con el lógico desparpajo por otros miembros de Agrupación Puentesina, exigiendo, poco menos, “.. un estudio exhaustivo para depurar responsabilidades”.

¡Eso, eso, yo también me apunto al estudio exhaustivo y a la depuración de responsabilidades!, pero siempre que se incluya en ese estudio a todos los agentes intervinientes, y eso incluido el Sr. Alcalde a quien la Ley le otorga la facultad de velar por que se cumpla la legalidad en todo el proceso, y no sólo a los empleados municipales, a los que, cada vez más, se tiene por costumbre utilizar de “muñecos de de feria del pim, pam, pum” (es decir, de “capacico de todas las h …..”).

Yo creo Fildu que ha llegado la hora de que lejos de hacer recaer todo el asunto en la Aparejadora (¿a qué error administrativo te refieres?), tengas la hombría de reconocer que la mayor parte de la culpa recae en ti, por no haber sabido mantener la legalidad del proceso; bueno, en ti y en esos Asesores que, según dice el Tribunal Administrativo, aducen en la defensa del Ayuntamiento sentencias totalmente contrarias ¡ver para creer!.

 AQUI PUEDES LEER LA NOTICIA PUBLICADA EN EL DIARIO DE NAVARRA

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¿QUE TIENEN EN COMÚN SANGÜESA Y PUENTE LA REINA?

¿Qué tiene en común Sangüesa y Puente la Reina?, pues no sólo el Puente de hierro de finales del siglo XIX, si no su peculiar forma de entender la transparencia en la gestión Municipal.

En el Diario de Navarra de hoy (3 de marzo) se publica una “Carta al Director”, firmada por Javier Solozabal, de la que no puedo resistirme entresacar los siguientes párrafos:

Los plenos de Sangüesa

La gran moda del siglo es hablar de transparencia, de comunicación, y a nuestros políticos, desde el más pequeño al más grande, se les llena la boca con todo esto. ¿Pero realmente se creen lo que dicen? Un ejemplo bien claro de esto que digo, y a nivel local, se ha podido ver esta misma semana. El martes se celebró el pleno municipal ordinario de mi ciudad, Sangüesa. Un acto público y abierto a todos, de eso no hay duda. Y así nos los siguen vendiendo nuestros alcaldes y concejales legislatura tras legislatura. Se trate el tema que se trate, se apruebe lo que se apruebe, al preguntarles por lo debatido todos nuestros políticos locales (repito, todos) nos remiten  a las “sagradas” actas municipales. Y si no, “haber ido al pleno”. En el caso sangüesino, las actas municipales no se pueden consultar vía web hasta que no son aprobadas en el pleno siguiente, dos meses después. Por tanto, para cuando un ciudadano puede enterarse “de pe a pa”, la actualidad ya ha pasado. Capítulo aparte son sus redacciones y maquetación (no se hagan publicistas nunca, señores secretarios). ……

Otro ejemplo de esta semana ha sido Tafalla. También celebró pleno el martes y el miércoles ya se podía leer en su web municipal el resumen de lo ahí tratado y aprobado. Las actas, eso sí, por el momento tampoco se pueden consultar. Supongo que aquí el funcionamiento será similar. ¿Qué quiero decir con todo esto? Pues que se puede tener al ciudadano medianamente informado sin influir en su opinión política. Si se quiere, claro. No requiere ni de grandes gastos ni de grandes esfuerzos. ¿De qué sirve sino la web municipal o los blogs de los grupos políticos? Bueno, estos blogs son caso aparte en Sangüesa. Sólo se abrieron para las elecciones de 2011,y ya como si los borran. No informan ni de su actividad, ni de las comisiones, ni de su opinión, ni de nada. Y las redes sociales no existen.

Si así es como pretenden los políticos (sangüesinos, en este caso) tenernos informados para que seamos capaces de tener opinión propia sobre las cuestiones de nuestra ciudad, tela marinera. Quizá es que no quieren que tengamos esa opinión y todo siga fraguándose en las diferentes comisiones municipales, casi secretas, entre “los de siempre” y sus amigos. Ya va siendo hora de cambiar.

Si sustituimos “Sangüesa por Puente la Reina”, “sangüesinos por puentesinos”, “comisiones municipales casi secretas por Comisión Secreta de Gobierno”, ¡a que no hace mucha imaginación para trasladar el 100% de lo dicho a nuestra situación!

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PREGUNTAS SOBRE LA INMINENTE REFORMA LOCAL DE NAVARRA

El pasado 24 de enero, se publicaba en «Gara» el siguiente artículo firmado por Jose Mª Ros – Alcalde de la localidad de Abarzuza, que pone sobre el tablero diversas preguntas sin respuesta (por ahora) de la Administración relativo a la Reforma de la Administración Municipal en Navarra que merece la pena reproducir:
PREGUNTAS SOBRE LA INMINENTE REFORMA LOCAL DE NAVARRA
Todos los días desearía interrogar a los responsables políticos sobre alguna de sus decisiones, cuyas consecuencias nos están precipitando al agujero negro de la pobreza y en algunos casos de la miseria.
Hoy mis preguntas se refieren a la ley que se está gestando en el Parlamento de Navarra sobre la reforma Local, reforma que se quiere imponer a todos los navarros.
Hace años que los políticos de Navarra dicen que es necesario realizar la reforma local, basada en el excesivo número de entidades locales, (560), sin tener en cuenta las mancomunidades y otras asociaciones y por tanto es urgente reducir el número.
Para ello han diseñado la nueva estructura local de Navarra y desean aprobarla próximamente.
Ante esto muchos representantes públicos les preguntamos, ¿por qué quieren hacer la reforma del mapa local en Navarra con tanta urgencia?
Para gastar menos, dicen unos, ya que estamos en crisis. Crisis que ellos han creado y los demás estamos pagando.
Otros dicen que es necesario ser más eficientes y eficaces en los servicios públicos, ya que con la economía de escala, conseguiremos optimizar los recursos y ofertar mejores servicios. Con el mismo gasto tendremos más servicios.
Y ahora ante estas respuestas se nos ocurre preguntarles, cuanto vamos a ahorrar con la nueva estructura local, en miles de euros? conocen el dato? Si existe, por qué no se nos ha presentado a las entidades locales.
Cual es el análisis y estudio que han realizado, para decir que los servicios estarán mejor gestionados, que se emplearán mejor los recursos y que por tanto los ciudadanos recibirán más servicios y a mejor precio? Estudio que como en el caso anterior no se ha presentado a los Ayuntamientos, concejos, mancomunidades etc.
Por qué, no han presentado el análisis económico y el estudio de los nuevos servicios a las entidades locales?
Por qué no dejan participar a todas las entidades locales de Navarra en la elaboración de la ponencia cobre la reforma local?
Por qué no se ha preguntado a los trabajadores de los ayuntamientos, concejos, mancomunidades etc sobre las necesidades existentes en sus localidades y los recursos empleados?
Se van a reducir los cargos políticos con sueldo? O se van a incrementar?
Es necesario hacer esos estudios pueblo por pueblo, para conocer la realidad y después poder decidir con acierto y cordura la reforma que sea necesaria.
Tan costoso es dedicar cuatro o cinco personas independientes durante un año a realizar estos estudios, visitando todos los pueblos?
No hay personal en el Gobierno de Navarra para realizar este trabajo?
Ante una reforma, tan sensible para la población Navarra, es necesario actuar con más transparencia y normalidad.
¿No será que las razones antes expuestas no son las razones finales y existen otras que desconocemos y serán la reales?
En la reforma local, no se dice nada sobre su financiación, ni de la responsabilidad política, penal y económica de los gestores públicos que desgobiernen, que despilfarren y se enriquezcan indebidamente, algo que todos los ciudadanos estamos pidiendo.
Es quizás el momento que más se habla y quizás en el que menos se dice. Las soluciones a los problemas ya las sabemos, pero el problema sigue, ya que no hay voluntad por parte de los poderes públicos y económicos de regeneración y de solución.
Por todo lo cual la Reforma del mapa Local de Navarra, para qué?
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LA WEB MUNICIPAL; ¿SEGURO QUE NO HAY OTRA MEJOR FORMA DE TIRAR EL DINERO PUBLICO?

En la Ordenanza de la Administración Electrónica aprobada por el Ayuntamiento de Puente la Reina en Diciembre del 2010, se contiene unos términos que ya de tan oídos, por dichos de nuestros regidores municipales, nos resultan vacuos y absurdos como son “transparencia”, “proximidad” y “servicio a los ciudadanos”, y lo hace, ¡cómo no!,  poniendo este principio en primer lugar  de los quince (¿no serán muchos, cuando igual no se cumple ni uno solo de ellos?) principios inspiradores de que motivan la implantación de la Administración Local en Puente la Reina, diciendo:

Principio de Servicio al Ciudadano: La Administración Municipal impulsará la incorporación de información, trámites y procedimientos a la Administración Electrónica para posibilitar la consecución más eficaz de los principios constitucionales de transparencia administrativa, proximidad y servicio a los ciudadanos.

Pero mira de os principios a los hechos, y, en este caso, nada más lejos de ello, por cuanto, y se supone que en aplicación practica de tales principios, se señala en el

Artículo 12. Publicación electrónica del tablón de anuncios o edictos.

1. Los actos y comunicaciones que, en virtud del procedimiento administrativo, norma jurídica o resolución judicial, deban publicarse en tablón de anuncios o edictos, se publicarán también en la sede electrónica general. ….

Pero nuestro Ayuntamiento lejos de cumplir su propia Ordenanza (entraba en vigor a los 15 días de su publicación en el BON y esta se produjo el 17 de diciembre de 2.010) se pega la “machada” de convencernos y convencerse a sí mismo (y esto sí que es peligroso) que con gastarnos cada vez más dinero en renovar la pagina Web Municipal (declarada como Tablón de Anuncios Electrónico) ya se cumple con ese Principio, sin importarle que, en el apartado de Tablón (en el que publicar, según dice la Web, “Convocatorias, Concursos, Certámenes, ..) o en el de “Sede Electrónica” (en el que publicar “Tramites, Registro Electrónico, Anuncios Oficiales, ..) nos encontremos cosas tan “chuscas” como , la convocatoria para dos plazas efectuadas el año pasado, o la Normativa para hacer hacer fuego de Julio del 2.013, …. Por no hablar de la famosa encuesta sobre la ubicación del Parque Biosaludable (¿?), que, después de más de seis meses ha “cosechado” la increíble participación de cinco (5) votos, manteniéndose en la Web meses después de que ya haya decidido el Ayuntamiento su ubicación en la Fundación Mena (terreno adquirido por la nefasta gestión del Patronato y su Secretario), suponiendo que teniendo en cuenta la opinión mayoritaria del 60% de los votos emitidos, ¡es decir 3 votos!, cuando, es más que posible, tal actuación habría sido más lógica instalarla en zonas mas cercanas al Club de Jubilados; pero bueno, ¡doctores tiene la Iglesia!.

Pero todo ello viene a cuento, en lo que cualquier persona interesada en las cosas del Ayuntamiento, pueden llegarla interesar y recientemente creo que podrían ser, a mero titulo de ejemplo, la convocatoria para pre-matriculación en los Centros de 0 a 3 años que se inicia el próximo 3 de marzo (¡y luego nos quejamos que no se cubren las plazas!), o la aprobación inicial, y apertura de plazo para alegaciones, del Presupuesto del 2.014 (Anuncio Boletín Oficial de Navarra, Nº 38 de 25 de febrero de 2014), ¡estoy seguro que temas tan actuales como estos y otros muchos más, son más interesantes a la ciudadanía que mantener anuncios obsoletas de una antigüedad  de  un año, cuando no superior!.

Lo dicho ¡Lastima de dinero empleado!; pero ¿no se darán cuenta que, ademas de inclumplir la Ordenanza, están motivando que se recurran todas las «Exposiciones/Informaciones Públicas que se realizan?

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La última pregunta sobre los 300.000 Euros tirados por la Mancomunidad y otras operaciones del Patronato

La última pregunta que me hago respecto a la anterior entrada y que debemos plantearnos es la diferencia de tratamiento, ya no sólo en la Cámara de Comptos, si no a nivel vecinal y social, entre las inversiones realizadas por la Mancomunidad de Valdizarbe y el Patronato del Suelo del Ayuntamiento de Puente la Reina (Zabalzagain y Fundación Mena), si bien habría que contar con el apoyo desinteresado, en este último caso, de los PP. Corazonistas y del matrimonio Arregui-Montalvo (quien cedió el 35% del aprovechamiento urbanístico, en lugar del 10% que marcaba la Ley).

PATRONATO MUNICIPAL DEL SUELO SOCIEDAD GESTERLAR
Ventas 1.531.703,00 € Ventas 0,00 €
Compras 65.000,00 € Compras 300.000,00 €
Beneficio Bruto 1.466.703,00 € Benef (Perdidas) -300.000,00 €
Benef. Añadido Inmuebles Fund Mena Benef. Añadido ¿¿¿¿   ?????
Añadir:   Denostación al Secretario  Añadir:                Alabanzas a los Gestores
Resultado que cada uno Resultado que cada uno
saque su conclusión saque su conclusión


Y eso antes de que habláramos de la promoción del Antiguo Matadero en la que planteaba un beneficio de 556.883 € (92.657,477 Ptas.) ¡y eso que hablamos de Viviendas de Protección Pública para los vecinos!, y no admitió la otra propuesta del Secretario de rebajar los precios a niveles de Viviendas de Protección Oficial de Régimen General, dado que el beneficio se reducía (¿?) a 239.384,11 € (39.830.164 Ptas.),¡eso si que es mirar por el pueblo y sus vecinos de economía más débil! Pero, tal como dijo un miembro del Ayuntamiento, ¡la sociedad municipal está para ganar dinero!.

 

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¿Posible falta de objetividad e incorrección en su trabajo por parte de la Cámara de Comptos?, o ¿Presunta actuación penalmente punible por la Mancomunidad de Valdizarbe?

Recientemente la Cámara de Comptos ha emitido su Informe sobre el Ejercicio Económico del 2012 de la Mancomunidad de Valdizarbe, destacándose de su presentación los siguientes extremos:

+ Analizada la cuenta general, el informe señala que expresa la imagen fiel de gastos e ingresos, situación patrimonial y resultado de sus operaciones. No obstante, apunta algunas salvedades relacionadas con la falta de inventario de bienes, errores de cálculo en el remanente de tesorería e incorrectas contabilizaciones.

+ En cuanto a la legalidad, la actividad económico-financiera de la Mancomunidad se desarrollo de acuerdo a la normativa vigente.

No me deja de asombrar lo curioso que supone que tal Informe se haya realizado “a solicitud” de la Junta y respecto al ejercicio del 2.012, cuando, creo recordar, que nunca se había acordado tal ejercicio, si no los del 2.010 y anteriores, pero ello, supongo, se deberá a “pequeños” despistes de los gestores de la Mancomunidad y “olvidos” de los miembros de la Junta.

Sin embargo, existe un aspecto analizado que a uno le hace dudar de la objetividad y corrección del Informe emitido, a no ser que el mismo se haya realizado exclusivamente sobre la documentación que se les ha aportado desde la Mancomunidad, lo cual sería aún más grave por cuanto, en este caso, estaríamos hablando de un delito de “falsedad de documento público” contemplado en nuestro Código Penal.

……..

Aqui puedes leer la «Entrada Completa»

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¿IRRESPONSABILIDAD O IGNORANCIA?, o ¡SIMPLE DESEO DE SALTARSE LA LEY A NUESTRO CAPRICHO!

Irresponsabilidad o Ignorancia?, total que, al final, el Pleno, en la pasada sesión (sin aclarar si fue ordinaria o extraordinaria)aprobó, por unanimidad e inicialmente, “Tasas, impuestos y precios públicos para el ejercicio 2.014” y ello, tal como se había denunciado en este Foro, sin respeto alguno a la Ley, y eso que, según se dedicaron a señalar a la Policía Judicial, este Foro no hacía si no desprestigiar la labor municipal, tanto de políticos como de funcionarios, ¡pues si que les influye en su digna labor diaria!.

Pues que quieren que les diga, hace falta ser inconscientes (por decirlo de alguna forma) para adoptar acuerdos en contra de la legalidad, y, más aun, hacerlo para “cuadrar» unos presupuestos que, al final, se convertirán en algo tan irreal como la famosa transparencia de la actuación municipal tan cacareada por los Grupos Municipales. Y que pasara si los incrementos que tal acuerdo conlleva se anulan por los Tribunales (animando a todo el personal, desde aquí y desde que se publique el acuerdo en el BON, a presentar los correspondientes recursos, aunque a mí me da que la mayoría se convertirán en «monitos ciegos, sordos y mudos»), pero ¿acaso, ante la anulación de ingresos, dejarán de cobrar suelos y honorarios los tan “honrosos” asesores y funcionarios informantes de tan absurdo acuerdo?, ¡el tiempo nos lo dirá! pero mucho me temo que no.

Ya en el colmo de la estulticia y teniendo en cuenta que cualquier acuerdo de modificación de ordenanza (incluida sus cuantías) no puede adoptarse una vez iniciado el periodo/año en que se pretende aplicarlo, se permiten el “lujo” de adoptar un acuerdo de posponer (¡aún más!) a un próximo Pleno la adopción de acuerdos relativos a algunos “precios públicos” (¡igual lo es para estudiarlos mas a fondo, como si no hubiesen tenido tiempo de hacerlo en todo un ejercicio!, o ¡igual es para acabar con la elaboración de los estudios económicos necesarios para el establecimiento/actualización de tasas y/o Precios Públicos! (por cierto que el suscribiente todavía está esperando los estudios que, en su día, elaboro para el establecimiento de cuantías tales como “Cementerio”, “Vados”, Piscinas Municipales, etc… y que después de más de un año desde que solicitó copia sigue sin facilitársele tal documentación)

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UN INCOMPRENSIBLE PUNTO EN EL «ORDEN DEL DÍA» DE LA PRÓXIMA SESIÓN PLENARIA

Nuevamente a vueltas con el Orden del Día de la sesión plenaria convocada, y me vais a tratar de “canso” pero mira que tiene miga el Orden del Día en el que figura expresamente:

3.- Aprobación si procede de Tasas, impuestos y precios públicos para el ejercicio 2.014.

¡Pues mire! Esto como que lo voy a guardar en el cajón de actuaciones incomprensibles de este Ayuntamiento de Puente, pues se trata de un acuerdo a adoptar (¡más vale que figura “si procede”!) el día 13 de febrero de 2014, sobre unos Tributos y Precios Públicos que se quieren aplicar en el presente ejercicio del 2014.

Pero con la misma claridad de fechas, esta la siguiente determinación del artículo 64 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en cuanto señala:

Artículo 64

Los acuerdos sobre imposición y ordenación de tributos, así como sus modificaciones, habrán de ser adoptados antes del comienzo del ejercicio económico en que hayan de surtir efecto, o de la fecha de realización o implantación de nuevas obras o servicios, o ampliación de los existentes.

Y yo me pregunto ¿esto qué es?; desconocimiento de la normativa, o un vulgar intento de ver si cuela en el Pueblo la corrección de un olvido (¿o será mejor hablar de “chapuza”?) sólo al Ayuntamiento achacable, encomendándonos a San Judas Tadeo (Patrón de los imposibles) para que nadie se dé cuenta y no nos recurran el acuerdo.

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LA LIMPIEZA VIARIA : EL ADIÓS A UNA CONTRATACIÓN IRREGULAR

En el mismo Orden del Día de la sesión plenaria (por cierto que nadie se aclara si es Ordinaria o Extraordinaria, pues de ambas formas la denominan) convocada por la Alcaldía para el próximo Jueves que señaló en la Entrada anterior figura el siguiente punto:

4.- Aprobación si procede de renuncia al interés de adquisición de maquinaria de barrido de calles.

Bonita manera de defender el patrimonio público, pues a nadie se le ocurre el revisar si el cumplimiento del contrato ha sido correcto o no, y ello dejando al margen las incorrecciones de su contratación inicial entre las que, en lugar principal, debe colocarse la contratación sin que tres de los seis Ayuntamientos la hubiesen acordado en Pleno, y entre ello, ¡cómo no!, Puente la Reina, cuyo Alcalde, haciendo caso omiso a los acuerdos adoptados por el Pleno de la Corporación, encomendó la contratación a la Mancomunidad como si estuviese facultado para ello.

El pasado día 8 de noviembre publiqué en este Foro una Entrada  en la que se adjuntaba unas consideraciones sobre la renovación del contrato que planteaba la Empresa contratada, así como del cumplimiento o incumplimiento del contrato suscrito y de los acuerdos adoptados, significándose, por otra parte, una presunta apropiación indebida por parte de señalada Empresa de 82.000 € (62.000 por sobre amortización y 20.000 por defectuosa inclusión del concepto de Amortización entre los gastos ordinarios sujetos a Beneficio Industrial), cantidad que, a buen seguro, haría que pasase la maquina barredora a titularidad de los pueblos que habían suscrito el contrato sin compensación economica alguna (recordemos que la Empresa cifra en 23.600 € el actual valor de la maquina), así como el reintegro de alguna cantidad dineraria (reintegro que, según parece, sólo se preocupa el Alcalde de requerirme a pesar de las Resoluciones y Autos Judiciales dictados, pero bueno ¡allá él y sus asesores con las consecuencias de tal comportamiento!).

Por supuesto que nadie se ha dignado contradecir tales consideraciones; y es más que posible que con la adopción del acuerdo por el Pleno se dé “carpetazo” a una de las contrataciones más irregulares que pueden recordarse en Puente.

Vuelvo a incluir el acceso a tales consideraciones por si alguien considera oportuno leerlas: Consideraciones sobre el contrato de ‘Limpieza Viaria’

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¿PARA CUANDO ALGO DE VERDAD EN LA GESTION MUNICIPAL?

Hoy leyendo el Orden del Día de la sesión plenaria convocada por la Alcaldía para el próximo Jueves me encuentro sorprendentemente con los siguientes puntos: 6.- Aprobación si procede de nombramiento de miembros de la Junta del Patronato del Suelo. 7.- Aprobación inicial si procede de acuerdo de disolución de Patronato del Suelo conforme a balance presentado. 8.- Aprobación si procede, de acuerdo de subsanación de error de transcripción en acta de Sociedad Municipal de Gestión de Servicios

Ante ello me pregunto ¿pero el Patronato del Suelo y la Sociedad de Servicios no estaban disueltos desde diciembre del 2.010?, ¿acaso no fue eso lo que alegó el Ayuntamiento en el Informe de la Cámara de Comptos y esta se lo creyó sin mayor comprobación a pesar de que se aportasen documentos incorrectos?. ¿acaso no fue ese el motivo que el Ayuntamiento adujo ante el Tribunal Administrativo para que me fuera desestimado el Recurso de Alzada ante los Presupuestos del 2.012?, ….

La verdad es que tanta mentira llega a aburrir, y luego son los mismos, políticos y funcionarios, que tachan a otros de andar con “medias verdades”, al menos, según parece, andamos con algo de verdad y no sin ningún atisbo de la misma que se deriva de vuestras manifestaciones y actuaciones. Y pensar que ya se acercan las Elecciones y volveremos a oír machaconamente el término de “transparencia” en la gestión municipal por el que, cada cuatro años, las mismas personas y/o ideas regalan nuestros oídos; sin embargo, recordar que fue Abraham Lincoln quien dijo “Se puede engañar a algunos todo el tiempo y a todos algún tiempo, pero no se puede engañar a todos todo el tiempo”.

Dejo para otras Entrada mis reflexiones/comentarios sobre otros puntos del Orden del Día, así como del famoso Informe de la Cámara de Comptos y el comportamiento que tuvieron determinadas personas en la aportación de documentación y expedientes que habría sido conveniente su examen por tal Organismo de cara la objetividad y claridad de tal documento.

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