EL PLAN MUNICIPAL DE PUENTE LA REINA – ¡UNA AUTENTICA VERGÜENZA! DE LA QUE NADIE SE RESPONSABILIZARA AL NO ESTAR EL EXSECRETARIO

Hoy el Pleno del Ayuntamiento de Puente la Reina va a tratar de efectuar “la segunda aprobación provisional del Plan Municipal”, y ello tres años más tarde de que se hubiese efectuado la primera de tal aprobación provisional, y ¡sólo CINCO años desde que se aprobase inicialmente!.

Esos años transcurridos no son nada si tenemos en cuenta que la contratación al equipo de arquitectos (Sr. Ordeig) tuviese lugar hace ya la broma de doce años (4/11/2005), así como de sus quejas por los retrasos que se achacaron, también por el Ayuntamiento (¡y sin voz alguna en su defensa!), al entonces Secretario (retirado de la Comisión de Urbanismo por el Pleno desde el 2007) dos años después, ¡que pena deben tener en ERDU y en el Ayuntamiento en no poder achacar al Exsecretario ya el retraso de doce años!, ¿a quien culparan de ello?, cuando el mismo no es si no fruto de su más total incompetencia, pues como una persona de Puente le dijo a un Corporativo nombrado para presidir la “Comisión Municipal”: “Para saber de Urbanismo hay  estudiarlo, no se adquiere por ciencia infusa al ser nombrado Concejal”.

Atrás quedan las denuncias efectuadas en este Foro ante lamentable situaciones, como fue la contratación directa (por más de 800.000 Ptas) del “Estudio de Incidencia Medioambiental”, cuando era un documento que expresamente estaba incluido en la oferta y contratación a aportar por “Erdu, S.L.”, o la desaparición de los dos arquitectos de “Erdu” (Sres. Ordeig desde el 9/8/2010 y Luque, ¡bueno éste desaparecido desde el primer día!, solo firmar la oferta para que se evaluase su experiencia), en cuya experiencia y formación se basaba la adjudicación, siendo sustituidos por un arquitecto (Sr. Martínez Callejo, con Estudio en Bilbao ¡que ni tan siquiera en Pamplona!), cuya experiencia, no avalaría tal contratación, lo que suponía una nueva adjudicación directa sin fundamentación alguna, …..

Y todo sea que esta aprobación provisional no llegue a ser válida al haberse incorporado documentos que requerirían un nuevo tramite de Exposición Pública, ¡que ya en su día el entonces Corporativo Sr. Urdiain aviso de ello!.

Esta entrada fue publicada en Contrataciones, Corporación Municipal, Funcionamiento Municipal, Urbanismo. Guarda el enlace permanente.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *