EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA ANULA LOS REQUERIMIENTOS EFECTUADOS AL EXSECRETARIO PARA LA DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES DE LA CAMARA DE COMPTOS

Por el EXSECRETARIO se nos ha remitido una “Carta Abierta” por la que informa de la Resolución del Tribunal Administrativo que ha anulado Resoluciones del Alcalde del Ayuntamiento de Puente la Reina de fecha 22 de enero del 2.013, por las que se le requerían las cantidades que se derivaban del Informe de la Cámara de Comptos.

Destaca en esa carta tres aspectos fundamentales:

1º.- El Ayuntamiento debe comprobar y justificar las cantidades que requiere, extremo que no ha efectuado.

2º.- Debe considerar obligatoriamente y “de oficio” que las deudas a la Hacienda prescriben a los cuatro años, extremo que no ha realizado.

3º.- El procedimiento debe incoarse en el Tribunal de Cuentas, siendo posible que haya responsabilidad “por alcance”, “no es responsable quien cobra, si no quien paga”, por lo que, en su caso, deberían responder quienes ostentaron los cargos de Alcalde y Concejal Delegado de Hacienda en los años en que se efectuaron tales pagos, así como del Técnico (Interventor) en ese mismo periodo.

A continuación puedes acceder a:

CARTA ABIERTA REMITIDA POR EL EX-SECRETARIO

RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA

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3 respuestas a EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA ANULA LOS REQUERIMIENTOS EFECTUADOS AL EXSECRETARIO PARA LA DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES DE LA CAMARA DE COMPTOS

  1. Andarrios dijo:

    ¡Enhorabuena! No sabes cuanto me alegro por tí y los tuyos.
    Ya me gustaría ver a Feliciano y a Arregui «arrascarse» los bolsillos; por que no creo que también les caiga a la Eva y a Villanueva.

  2. Vigilante dijo:

    Perdona, no se por que excluyes a la Eva y al Pincha, si responden unos tienen que responder los otros

  3. Nequeas dijo:

    ¡Pues más de uno se va a tener que morder la lengua y arrepentirse de toda la «mierda» que han hablado!

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