¿Dirá ya algo el Ayuntamiento ante la publicación en prensa de la nulidad del Plan Municipal y de las consecuencias que ello puede tener?.

Hoy como de «tapadillo» (¡que diferencia de tamaño cuando el Alcalde trata de ponerse medallitas!) se publica en el Diario de Navarra la noticia atrasada de la nulidad del Plan Municipal declarada por Sentencia de 11/octubre/2021.

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No se llega a entender tan atrasada noticia pues no hace relación alguna a la Sentencia de Casación del Tribunal Supremo que, dictada en el pasado mes de diciembre, confirmo la mencionada Sentencia de. 2021.

No se si con esta publicación, el Ayuntamiento, la Alcaldía o la famosa Comisión de Urbanismo (o, incluso, la de Hacienda), querrán comunicar a los vecinos tan desagradable noticia, así como indicar las medidas correctoras que ello conlleva, no solo en el ámbito urbanístico, si no en otros varios como es por poner un simple ejemplo en el la Hacienda Municipal, y, en concreto, en la reciente Ponencia de Valoración y su incidencia en la liquidación del Impuesto de Bienes Inmuebles. Y ¿por que no de las contrataciones y pagos duplicados al equipo redactor?

Y todo por desechar orgullosamente el ofrecimiento de tener una conversación conmigo, y, por el contrario, decir verdaderas barbaridades y mentiras contra mí.

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Y esos son los que hablan de agilidad y transparencia de su gestión ¡¡¡¡¡¡¡¡¡

El hecho es que hoy, ¡después de dos años!, la Alcaldía y la secretaría se han dignado facilitarme los datos sobre celebración de sesiones plenarias y de comisiones que le había requerido el Tribunal Administrativo que se me entregasen.

Dos años en los que ¡hasta tres veces! he presentado solicitudes para que dieran cumplimiento a esa Resolución del Tribunal Administrativo, sin que ninguna de ellas hubiese merecido contestación alguna, y solo cuando me he dirigido al mismo Tribunal para que interviniese me han facilitado la información, eso si incompleta y justo el último día que les habían dado de plazo para que presentaran alegaciones.

Documentación que necesitaba, ¡y ellos lo sabían!, para promover un expediente de revisión de actos nulos como es el de los requerimientos de reintegro de cantidades en cuyo procedimiento ya han llegado hasta el embargo de Cuentas Corrientes y de bienes inmuebles; expediente de revisión que promoveré la semana próxima, con solicitud de cuantas responsabilidades personales (¡por si llegan cuando ya no estén en el Ayuntamiento!).

Y no esperen Uds. que, ante tal actuación, la documentación haya venido acompañada de una nota de disculpa, no, hombre, no, ¡Hasta ahí podíamos llegar! Eso no va con ellos. Si se hartan en ese ayuntamiento a pavonearse de lo transparente y ágil que es su gestión, ¡argucias, orgullo y poca vergüenza es lo que hay en ese Ayuntamiento! Ya sea del personal, ya sea del Grupo de la Alcaldía, o de sus acólitos que confunden
el acuerdo con el pleno sometimiento (“Agrupación Ximénez de Rada” ¡Quién os ha visto y quien os ve!) y que, como las figuras de monitos, ocupan su puesto «sordos, ciegos y mudos» y atentos a «la voz de la Alcaldía».

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AYECHU ¿Desde cuando dar Consejo a quien te lo pide es aprovecharse de él?, sinceramente creo que pensar eso es vergonzoso

Pero Manolo, la verdad es que te creía más normal y honrado.

¿Como es que me estoy aprovechando de un vecino de Puente?, ¿desde cuándo es aprovecharse de alguien que te pide consejo?, ¿Qué aprovechamiento he tenido por mi trabajo sin cobrar?, ¿Qué aprovechamiento en preparar recursos cuando la Acción es Pública?, ¿también tu te aprovechabas cuando te pedían un consejo médico?,

Que pobreza mental estáis demostrando, embargándome bienes ante cualquier paso o consejo que doy, pero bueno, ¡el tiempo conseguiré que ponga a cada uno de vosotros en su sitio!, y eso por mucho que dejéis de ser concejales.

Ya hace tiempo que en este mismo Foro denunciaba tales actuaciones, sin que por parte del Ayuntamiento se haya contestado nada al respecto (http://elforodegares.com/?p=2774) ¡os animo a ello.

Comprendo que la anulación del Plan Municipal no os haya sentado nada bien, máxime cuando presides la Comisión de Urbanismo, pero que le vamos a hacer, y mira que me puse a disposición del Ayuntamiento cuando os personasteis en el Procedimiento y ello en orden a que se completase el Plan y desistir del Recurso interpuesto, y total para recibir como contestación el más absoluto desdén y silencio, pero al menos me queda la honra de haberlo intentado, y, por cierto, que va a pasar ahora con las contrataciones duplicadas,
con los pagos duplicados al Equipo Redactor, de irregular sustitución de este mismo equipo, etc….. y ¿con la Ponencia de Valoración?, porque esta sí que es gorda.

No me cabe si no manifestar mi total disposición a tener contigo una conversación personal en la que bien podrás explicar eso de “aprovecharme” de alguien, pero mientras tanto ten más mesura y cuidado con las valoraciones que haces, máxime cuando te manifiesto mi total voluntad de seguir asesorando a quien tengo por bien consultarme, con lo que es posible que sigas viendo escritos redactados por mí.

Un cordial saludo

Javier SANCHEZ-OSTIZ

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EL TRIBUNAL SUPREMO RATIFICA LA NULIDAD DEL PLAN MUNICIPAL. ¿Para cuando se informara de ello a los vecinos?

El pasado día 20/diciembre nos fue notificada a las partes la Sentencia de 12/diciembre del Tribunal Supremo por la que se desestima el Recurso de Casación interpuesto por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Puente la Reina frente a la Sentencia por la que declaraba la nulidad del Plan Municipal de Puente la Reina, confirmándose de esta forma tal nulidad sin posibilidad ya de recurso alguno.

Acaba así un largo proceso de quince años de tramitaciones a “trompicones” del Ayuntamiento, de verdaderas muestras de la Corporación de su desconocimiento de Puente la Reina (servidumbres aéreas, punto de abastecimiento, plan forestal, etc..), de contradicciones con el Pepri, de casos omisos a mis ofrecimientos de conversaciones, de pagos duplicados al Equipo Redactor, de irregular sustitución de este mismo equipo, etc…..

Y lo que más tristeza ocasiona es la prisa en publicar en el Boletín Oficial expedientes urbanísticos que pudieran verse afectados con tal nulidad (ver p.ej. el BON del día 23/12, una vez notificada la Sentencia con anuncios que afectan a las parcelas 2/261 y 2/295), como queriendo evitar que alguien (¡es decir el Exsecretario!) pudiera iniciar una declaración de nulidad de tales expedientes, pobre mentalidad municipal si acaso ellos piensan asi,  ¡mejor será que piensen en cómo salir de este follón urbanístico en que han metido a Puente!, pues por mi parte pueden dormir más que tranquilos que no soy tan miserable como se han empeñado en calificarme.

En próximas publicaciones iremos escribiendo sobre aspectos concretos de la gestión urbanística del Municipio, y no solo afectada por la nulidad del Plan, si no por otras cuestiones urbanísticas y económicas que bien pudieran afectar a grandes y buenos proyectos municipales, como bien puede ser, por poner un simple ejemplo, el futuro y más que necesario “Centro de Salud”.

Mientras tanto, permitir que os desee una “Feliz Navidad”.

Javier Sanchez-Ostiz  

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PLAN FORESTAL. ¡HASTA SUS PROPIAS MENTIRAS SE LAS CREEN!

Hace ya unas fechas que, a raíz de los lamentables incendios del pasado mes de junio, nuestro buen alcalde declaraba en la prensa local: “debemos revisar el Plan Forestal de PLR para que no vuelva a pasar lo que pasó”.

Pero ello me traía a mi maltrecha memoria el que una de las carencias detectadas en el Plan Municipal (si ¡ese que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha declarado nulo!) y que señalaba en mi demanda era la total ausencia de un “Plan Forestal” requerido por la legislación foral, a lo que el M.I. Ayuntamiento contestó que se trataba de un documento que no se requería en Puente.

Creo que haría mejor el ínclito Oihan a cuidar sus palabras, pues es muy dura la hemeroteca, pues ¿Qué Plan Forestal va a revisarse? ¡si es que no existe ninguno!

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¡Como cambian la consideración de los acosos laborales en la Administración!

Leo en estos últimos días la carga contra el Concejal de Pamplona Javier Labairu por parte de los grupos de la oposición municipal (EH Bildu, PSN y Geroa Bai) llegando a pedir su dimisión, y sólo defendido por su Grupo Navarra Suma, y ello con motivo del siguiente resumen de la notifica publicado

Las dos sentencias condenan al Ayuntamiento por el trato dado a dos agentes.

La primera de las resoluciones señala “el acoso laboral sufrido hacia uno de los agentes”, derivando en “tratamiento psiquiátrico recurrente y diagnosticado de lesiones permanentes”. La sentencia afirma que “se le citaba en las lecturas de servicio, a sabiendas de que no tenía obligación de acudir, solo para provocar humillaciones y desprecios continuos hacia su persona”.

No voy a entrar a enjuiciar el caso ni a defender a ni una ni otra postura, ¡bastante lamentable lo son!, sólo voy a comentar que diferente postura han tenido los Grupos Municipales en un caso muy similar como fue el mío propio, pues en este bien podemos señalar:

  • La enfermedad profesional que me fue declarada, originaria de la incapacidad permanente, lo fue por la actuación de acoso laboral que los concejales de Bildu y Agrupación Puentesina tuvieron hacia mil; es decir ¡los mismos que ahora achacan tan mala actuación a otro concejal!.
  • Actuaciones tan vejatorias (o tan causantes de humillaciones y desprecios, como se señala en la reseña transcrita) como invitarme a reuniones de la Comisión de Urbanismo, del Plan Municipal, de la organización de venta de pimientos, de las VPO., etc.. para una vez que me presenté echarme de la reunión.
  • La nula defensa que del resto de corporativos (Agrupación Ximénez de Rada, los mismos que prometieron sus votos, si se me retiraba al “archivo”) tuve en el asunto, y que, junto al resto de concejales, sigue ante cualquier reclamación, escrito, solicitud, etc. que presento en los años posteriores.

Solo espero, y deseo profundamente, que a esos dos compañeros funcionarios les sea leve su recuperación, reconociendo su valentía por haber llevado a los causantes ante la Tribunales y la suerte (¿?) de haber tenido defensores tan acérrimos de su salud laboral.

Javier S-O

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Puede ser una imagen de una o varias personas y texto que dice "Granero "No temas a quien te dice lo que piensa, sino a quien sólo te dice lo que quieres oir". Mi Granero"

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La pobreza mental de nuestro Ayuntamiento

Pobreza mental, esa es la que parece que tienen en el Ayuntamiento de Puente, pues ya no solo contentos con haberme causado una  enfermedad profesional que me llevó  a darme de baja como abogado colegiado, llevan a tal extremo su mezquindad a arreciar con todas las vías jurídicas y ejecutivas para cobrar cantidades cuya corrección esta todavía por verse en los Tribunales, y no dudando para ello en ampararse en la falta de contestación, ¡durante más de dos años!, a mi solicitud de iniciar su revisión, si bien veremos en que acaba todo este abuso y empleo de mentiras, pues esta próxima la vía penal para ellos y entonces alguien se alarmara y aun tendrá la desfachatez de decir que les pido cárcel, o que, incluso en el caso de los asesores, que les inhabiliten para su trabajo como funcionario.

Y todo esto por haber tenido la osadía de aconsejar a un vecino de Puente, a quien no le hicieron ni puñetero caso en unos asuntos relacionados tanto con el amianto causante del cáncer de pulmón y en el que hasta la pasividad el ayuntamiento hace que pudiera verse involucrado, como por el comportamiento municipal partidista e irregular en temas urbanísticos.

Que poco me conocen, siempre he estado y estaré dispuesto a aconsejar a quien me pida un consejo ¡venga de donde venga!, como hay muchas personas, no solo en Puente, que pueden atestiguarlo.

Por ahora no me queda otra que defenderme en el largo caminar ante los Tribunales, y emplear, después de hace casi un año sin hacerlo, este Foro tanto para explayarme, como para publicar informaciones, avisos, «chandríos», denuncias, etc. de ese Ayuntamiento tan falto de sentido y transparencia, el mismo que me pidió causa penal (con Cárcel y multa) por publicar y ser titular de este Foro de Gares.

¡Atención a las próximas publicaciones! Creo que van a ser muy jugosas y habrá que ver la respuesta de los sesudos corporativos, asesores y demás posibles pesebristas (¡quién se dé por aludido que coja su vela!).

Ahí va mi aviso, y que, como dicen, ¡quien avisa no es traidor! y menos ante quien reacciona a impulsos ciegos, posiblemente basados en aires de revancha y venganza, ¡pobres espíritus quienes así actúan!.

Javier Sanchez-Ostiz, Exsecretario del Ayuntamiento de Puente,

 

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¡¡¡¡¡ Que ganas de alargar la agonía !!!!!

Hoy el Diario de Navarra da la noticia (¡Por cierto en Zona Tafalla!) de la anulación del Plan General de Puente la Reina efectuada por una Sentencia (11/10/2021) del Tribunal Superior de Justicia de Navarra y ello en base a defectos procedimentales.

El “dialogante” alcalde se marca señalando la firme voluntad del Ayuntamiento a recurrir en Casación pues limita tales “defectos procedimentales” a la pretendida ausencia del Informe de Telecomunicaciones que asegura figurar en el expediente, si bien el propio Juzgado no fue capaz de encontrarlo entre los más de 120 documentos que integran el expediente.

Pero con tan cándida postura parece olvidar la inexistencia de otros informes preceptivos, como es el de las servidumbres aeronáuticas, o el profundo desconocimiento que de “su” propia localidad de Puente la Reina muestran nuestros ediles, actuales y anteriores, pues, como decía, si la Sentencia dice que el informe de necesidades hídricas (Confederación) existe, parecen olvidar que tal informe, emitido al comienzo de la tramitación, estaba condicionado a que le facilitasen los datos de números de viviendas y usuarios previstos ¡cosa que no hicieron en la larga tramitación!, cuestión añadida al burdo y absurdo dato de que Puente la Reina se abastece de la Sierra de Alaiz, y no de la de Andía (Riezu) como todo puentesino sabe a poco conocedor de su pueblo se considere.

Y si a todo ello, le añadimos que la Sentencia, al declarar la nulidad por “defectos de forma”, no entra a enjuiciar los temas de fondo, y que estos todavía están, es más que posible que no hagamos si no alargar la agonía de un Plan hasta que, dentro de unos años en el mejor de los casos para el planteamiento municipal, se declare definitivamente la muerte del “Plan General de Ordenación Urbana”, y todo ello ¡por no haberse querido tener una conversación con el Exsecretario en su momento (6/02/2020)!

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EL PROFUNDO DESCONOCIMIENTO DE NUESTROS GOBERNANTES SOBRE PUENTE LA REINA MANIFESTADO EN EL PLAN ANULADO

Supongo que en el Ayuntamiento estarán algo tranquilos pues la anulación del Plan ¡sólo  ha sido por motivos procedimentales!, no de fondo a los que la Sentencia ni ha entrado a valorar, y así si lo volvemos a tramitar como está (sin los defectos aludidos) y se aprobara a corto plazo.

Hacen mal, pues  incluso en temas del propio expediente existen algunos temas que tienen una importancia capital y que van a requerir algunos Informes previos y preceptivos, de entre los que quiero destacar el de la suficiencia de recursos hídricos de la Confederación Hidrográfica del Ebro, y quiero destacarlo pues es una increíble muestra del conocimiento que los sucesivos alcaldes y concejales nombrados a partir del 2009, claramente auxiliados por sus técnicos, tienen de Puente la Reina, por mucho que pregonen el gran interés y conocimiento que tienen en Puente.

Tal Informe (del que la Sentencia señala que bien puede considerarse que está en el expediente, aunque pueda ¡no estarse de acuerdo con su contenido!), creo que como no lo vuelvan a tramitar volverá a ser anulado el Plan por inexistencia del mismo por mucho  que la Sentencia considere otra cosa, y lo digo para que luego no se me diga que actúo por rencor y/o venganza hacia un pueblo del que me vanaglorio haber servido como mejor sé durante veinticinco años y que lo deje por lo que declararon los Tribunales como Enfermedad Profesional, aunque haya habido quien predicaba por ahí que lo deje por loco.

Y fundamento mi aviso, así como el achacar el profundo desconocimiento de Puente la Reina por quienes lo gobiernan (como alguien le dijo a un Alcalde, el hecho de ser nombrado como Conejal de Urbanismo ¡no te otorga conocimiento alguno en la materia por ciencia infusa!) es el hecho de que el Informe que solicitaron, con el silencio de la Mancomunidad, tenía como base el que Puente la Reina se suministraba desde un acuífero en la Sierra de Alaiz (Tiebas ¿?), cuando de muchos es conocido que el suministro desde hace muchísimos años lo es desde la Sierra de Andia (Riezu), y luego desechar cualquier conversación con quien les propuso en su día para advertirles de esta y otros extremos.

A ver quien le explica este caso a quien tenga en tramitación un expediente urbanístico (Estudio Detalle, Mod. Plan, Reparcelación, etc..) y que se venga ahora abajo; pues a mi que ni me menten, que yo ya me ofrecí en su día a advertir de defectos y desistir del Recurso.

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